Comisión de Servicios
Liquidación de Comisiones de Servicios
Son comisiones de servicio con derecho a indemnización los cometidos especiales que se deban desempeñar fuera del término municipal donde radique su residencia oficial, entendiéndose como tal el término municipal correspondiente a la oficina o dependencia en que se desarrollen las actividades del puesto de trabajo habitual, salvo que, de forma expresa y según la legislación vigente, se haya autorizado la residencia del personal en término municipal distinto al correspondiente a dicho puesto de trabajo y se haga constar en la orden o pasaporte en que se designe la comisión tal circunstancia. (Artículo 3.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio)
Son comisiones de servicios los cometidos que circunstancialmente se deban desempeñar fuera del lugar en el que presta ordinariamente su actividad. (Artículo 4.1 del Decreto 54/1989, de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio).
Dependiendo del organismo financiador de la convocatoria del proyecto la liquidación de la Comisión de Servicio será distinta:
- Los proyectos de los distintos Ministerios y que no estén englobados en el programa Agiliza de la Agencia Estatal de Investigación: Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. Pinche aquí para visualizar las instrucciones de liquidación de la Comisión de Servicios.
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Los proyectos/ayudas subvencionados por la Junta de Andalucía, sus respectivas Consejerías y otros organismos dependientes, de los que se tiene que rendir justificación económica (Proyectos de Excelencia, Proyectos Retos y Frontera, Proyectos UPO-FEDER, Proyectos Emergia, etc.): Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía. Pinche aquí para visualizar las instrucciones de liquidación de la Comisión de Servicios.
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Normativa propia de la Universidad:
Los proyectos/ayudas:
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- De la AEI englobados en el Programa Agiliza
- Del VI Plan Propio de Investigación
- Proyectos europeos
- Ayudas a los grupos de investigación
- A los contratos 60 LOSU y otras ayudas de las que no haya que rendir justificación económica
Se acogen al programa Agiliza de la AEI, los proyectos concedidos por la misma de las siguientes convocatorias:
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- Ayudas Ramón y Cajal (RYC) de la convocatoria 2023
- Ayudas Juan de la Cierva (JDC) de la convocatoria 2023
- Proyectos de Generación del Conocimiento (PGC/PID) de las convocatorias 2022 y 2023
- Proyectos de Líneas Estratégicas de Colaboración (PLEC) de la convocatoria 2023
- Proyectos en colaboración Público-Privada (CPP) de la convocatoria 2023
El programa Agiliza de la AEI engloba los proyectos gestionados por la misma y regulados por la Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, y por la Orden CNU/1459/2023, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, y aquellas actuaciones cuyas convocatorias hayan sido publicadas entre las dos versiones de la Orden de Bases.
Pinche aquí para visualizar las instrucciones de liquidación de la Comisión de Servicios.