Institucional

El rector de la UPO reclama en el Parlamento la aplicación del Decreto vigente en la creación de nuevas universidades

Francisco Oliva Blázquez ha comparecido en el Parlamento andaluz en calidad de presidente de la AUPA

Francisco Oliva, durante su comparecencia en el Parlamento andaluz
Francisco Oliva, durante su comparecencia en el Parlamento andaluz | Parlamento de Andalucía

El rector de la Universidad Pablo de Olavide, Francisco Oliva Blázquez, ha comparecido en la Comisión de Universidad, Investigación e Innovación del Parlamento de Andalucía en calidad de presidente de la Asociación de Universidades Públicas Andaluzas (AUPA), donde ha reclamado la aplicación del Real Decreto 640/2021 de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, vigente en la actualidad, para la creación de nuevas universidades en Andalucía.

“Es necesario el cumplimiento estricto y riguroso de todos los requisitos que se exigen para poder constituir una universidad privada en nuestro país. De lo contrario, podríamos infligir un daño importante al propio sistema universitario andaluz, público y privado en perjuicio de la ciudadanía”, ha señalado Oliva.

En referencia a las nuevas universidades autorizadas por el Gobierno de Andalucía, en concreto, CEU Fernando III El Sabio y Tecnológica Atlántico-Mediterráneo (Utamed), el rector de la UPO ha recordado la oposición de la AUPA en el Consejo Andaluz de Universidades “en tiempo y forma” con motivo del régimen jurídico aplicable, “no de forma caprichosa ni por una concepción apriorística contraria a las universidades privadas”.

En este sentido, ha explicado que la anterior Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, dirigida por Rogelio Velasco, expresó que se aplicaría el Real Decreto 420/2015, a pesar de que no está vigente desde el 17 de agosto de 2021, amparándose en que el nuevo Decreto 640/2021 —más rígido y estricto— no contenía ningún tipo de disposición transitoria aplicable al caso. «En nuestra opinión, esta interpretación es errónea porque hay un régimen transitorio en el Decreto 640/2021, el de la disposición transitoria primera». Y del mismo, explica Francisco Oliva, se deduce que «todo lo que no haya sido ni siquiera creado en el momento de entrada en vigor de este Real Decreto, tendrá que someterse a la nueva norma».

El presidente de la AUPA ha continuado señalando que, en este mismo sentido, se ha pronunciado el Consejo de Estado: “a cualquier universidad que se cree o reconozca, no cuyo procedimiento se hubiera iniciado con anterioridad, se le aplica la nueva norma reglamentaria».

En este caso, las universidades de nueva creación tienen que cumplir los requisitos de oferta académica: diez títulos oficiales de Grado, seis títulos de Máster y dos programas oficiales de Doctorado, que no tienen ninguna de las dos entidades autorizadas. Como tampoco cumplen con las obligaciones referentes a la actividad investigadora y de transferencia: un 5% del presupuesto dedicado a programas de investigación; previsiones de profesorado, 50% de doctores y doctoras para impartir docencia; y cuestiones económicas de recursos, requerimientos y obligaciones.

Francisco Oliva ha apuntado a la necesidad de que “estas universidades adapten las memorias a lo que establece este Decreto y acabamos con cualquier tipo de problema. Tienen la oportunidad, simplemente, de adaptarse a un Decreto que está en vigor desde hace dos años”.

27 de junio – 19:30 h