Institucional

Se cierra el plazo de presentación de candidaturas a Defensor/ Universitario/a de la UPO sin candidatos

El plazo finalizó ayer domingo 15 de febrero

El plazo de presentación de candidaturas a Defensor/a Universitario/a de la Universidad Pablo de Olavide abierto el pasado lunes 9 de febrero, se cerró ayer día 15 de febrero sin que haya habido ningún candidato.

Al no haberse presentado ningún candidato a Defensor, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de la Defensoría Universitaria de esta institución, en tanto se cubra el cargo por elección y al no haber adjunto a la Defensoría, el Consejo de Gobierno habrá de designar, a propuesta del rector, un nuevo comisionado o comisionada para la Defensoría Universitaria.

La apertura nuevamente del plazo de presentación de candidaturas a la Defensoría Universitaria se estableció después de que el hasta ahora Comisionado, Juan Daniel Ramírez Garrido, no alcanzara en las elecciones celebradas en la sesión del Claustro los días 3 y 4 de febrero la mayoría absoluta requerida para su elección como Defensor Universitario.

La Defensoría Universitaria es un órgano creado para velar por los derechos de toda la comunidad universitaria: estudiantes, personal docente e investigador, y personal de administración y servicios. A este efecto recibe quejas y efectúa sugerencias, tramita expedientes de oficio y desempeña funciones de mediación. Todas sus actuaciones se dirigen a la mejora de la calidad universitaria. Se trata de un órgano de creación preceptiva, de acuerdo con la Disposición Adicional 14 de la Ley Orgánica de Universidades. Los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide regulan esta institución en el Título Octavo.

Se trata de un órgano de creación preceptiva, imparcial e independiente, cuya persona titular es democráticamente elegida por el Claustro, ante el que presenta un informe anual. No está sometida a directrices ni mandato imperativo alguno, pero tampoco dispone de poderes ejecutivos: efectúa recomendaciones y sugerencias guiadas por un principio de equidad o justicia material.

La designación del titular de la Defensoría requiere el voto favorable de la mayoría absoluta del Claustro universitario.

27 de junio – 19:30 h