La FECYT publica la Convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación 2023

El plazo para la presentación de solicitudes se abre el 1 de septiembre de 2023 a las 00:00 horas (hora peninsular española) y finaliza el 10 de octubre de 2023 a las 13:00 horas (hora peninsular española).

La Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. (FECYT) publica la Convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación 2023 (BOE nº 160, de 6 de julio de 2023 y BDNS Identif. 706760). El plazo para la presentación de solicitudes se abre el 1 de septiembre de 2023 a las 00:00 horas (hora peninsular española) y finaliza el 10 de octubre de 2023 a las 13:00 horas (hora peninsular española).

En esta edición los proyectos siguen estando agrupados por categorías, siendo la primera de ellas la que recoge los proyectos de comunicación social de la ciencia y la tecnología, de cualquier temática, y dirigidos a cualquier segmento de la población, divididos por la duración de los mismos.

En primer lugar, los proyectos con período de ejecución de hasta 12 meses, que se dividen a su vez en proyectos recurrentes, para actividades ejecutadas bajo las mismas premisas cada cierto tiempo, se hayan presentado con anterioridad a la convocatoria o no; y proyectos nuevos, que se desarrollan por primera vez. Esta división se traslada también a los criterios de evaluación, que tienen en cuenta aspectos diferentes según se trate de un tipo de proyecto u otro, con el fin de potenciar la innovación y el diseño de nuevas iniciativas para las que se destina un porcentaje específico dentro de la dotación total de convocatoria.

En segundo lugar, las grandes producciones audiovisuales, los programas de planetario, y las grandes exposiciones desarrolladas por entidades culturales, artísticas, museos o centros de ciencia, que por la complejidad de su producción requieran más tiempo para su implementación, se situarían en la categoría proyectos con período de ejecución de entre 12 y 24 meses.

Con el fin de impulsar una comunicación científica eficaz —que favorezca el acceso a la cultura científica y de la innovación y la participación en el proceso científico-técnico de diferentes colectivos sociales, especialmente aquellos con mayores barreras de acceso—, resulta necesario adecuar el diseño, ejecución y evaluación de las acciones a los objetivos y públicos a que van dirigidas. Para ello, todos los proyectos de comunicación social de la ciencia y la tecnología, sin importar su duración, deberán enmarcarse en alguno de los siguientes objetivos principales:

a. Aumentar el conocimiento y la comprensión de la ciencia y la tecnología
b. Promover cambios en las actitudes o comportamientos en cuestiones relacionadas con ciencia y tecnología
c. Estimular la participación ciudadana en la ciencia y la tecnología
d. Combatir la desinformación en el ámbito de la ciencia y la tecnología
e. Generar conocimiento científico sobre la comunicación social de la ciencia

Las dos siguientes categorías están dedicadas a proyectos que por sus especiales características no se pueden incluir en las antes citadas:

Programa anual de actividades UCC+I, unidades que se especializan en periodismo científico, divulgación y otras actividades de cultura científica y que han de operar sinérgicamente y en colaboración por todo el territorio español, como canal de comunicación entre los investigadores y la sociedad.

Ferias de la Ciencia, en las que jóvenes estudiantes no universitarios con la ayuda de su profesorado exponen proyectos experimentales llevados a cabo en los centros escolares, persiguen poder establecer mecanismos para el intercambio de experiencias y el aprovechamiento de recursos entre las entidades que las ponen en marcha.

Por último, bajo la etiqueta de proyectos singulares se financiarán, con períodos de ejecución de hasta 24 meses, tres tipos de proyectos con unas características muy concretas en cuanto al tipo de entidades que pueden solicitarlo, el modo de presentación y los objetivos:

1. Ciencia ciudadana. Para la financiación de proyectos de ciencia ciudadana entendida como cualquier actividad que involucra al público en la investigación científica, presentados en coordinación de un mínimo de dos entidades, debiendo ser una de ellas un agente del ámbito de la investigación y la otra, uno de los tres siguientes actores: sociedad civil organizada, tejido productivo o empresarial e instituciones públicas. Esta categoría de proyectos singulares se lleva a cabo con el objetivo de democratizar el conocimiento y la ciencia, relacionando la labor investigadora con su entorno, planteando desde el inicio su utilidad para la sociedad.
2. Arte, Ciencia, Tecnología y Sociedad. Para la financiación de proyectos que planteen sinergias y generen espacios de conocimiento compuesto entre estos ámbitos, presentados en coordinación de un mínimo de: un agente del ámbito de la creación y producción artística nacional actual (artistas, museos, fundaciones, etc.) y otro proveniente de la investigación científica nacional (centros de investigación, universidades, etc.).
3. Investigación y práctica en la comunicación científica. Para la financiación de proyectos que fomenten que las actividades de comunicación científica estén informadas por los últimos conocimientos derivados de la investigación, a la vez que generar nuevo conocimiento, presentados en coordinación de un mínimo de dos entidades nacionales, entre las que se incluya al menos un agente del ámbito de la investigación que realice investigación social relacionada con la comunicación científica y otro que ejecute acciones de comunicación social de la ciencia.

Las ayudas concedidas en el marco de la presente convocatoria podrán financiar hasta una cuantía máxima del 70 % del presupuesto total del proyecto presentado en la solicitud con un límite máximo de 100.000 euros por solicitud.

La actividad objeto de ayuda se realizará dentro del periodo máximo de ejecución establecido para cada una de las categorías, debiendo estar este comprendido entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2026 e iniciarse a lo largo del año 2024.

Los gastos del proyecto podrán realizarse durante todo el período de ejecución para el que se le conceda la ayuda. Se considerará gasto realizado el que tenga relación directa con el proyecto objeto de financiación, se lleve a cabo dentro de su periodo de ejecución y sea efectivamente pagado antes del vencimiento del plazo para la presentación de la justificación de la ayuda.

La puntuación mínima exigida para poder beneficiarse de una ayuda es de 60 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 15 puntos en los criterios sustantivos.

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