¿Cómo solicitar la baja temporal?

¿Cómo solicitar la baja temporal?

A los efectos de duración de los estudios de Doctorado, no se tendrán en cuenta las bajas por enfermedad, permisos por maternidad o paternidad o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente. Dichas bajas deberán ser solicitadas y documentadas, conforme a lo establecido en artículo 11 puntos 4 y 5 de la Normativa sobre Progreso y Permanencia para los estudios de Máster y Doctorado.

Igualmente, el doctorando/a podrá solicitar su baja temporal en el Programa por un período máximo de un año, ampliable hasta otro año más. Dicha solicitud deberá ser justificada y tramitada ante la Comisión Académica del Programa de Doctorado.

Para tramitar dichas bajas los estudiantes deberán seguir el siguiente procedimiento:

  1. Deberá solicitar la autorización de la Comisión Académica del Programa de Doctorado. (modelo de solicitud)
  2. Deberá aportar documentación acreditativa que justifique la solicitud de baja, así como visto bueno de la persona que ejerza la dirección de la tesis, firmando en la solicitud junto al estudiante.

Forma de presentación: Contacte con la Unidad de Doctorado a través de nuestro formulario de contacto TIKA, para hacernos llegar su solicitud

 

Las solicitudes de baja temporal (por un periodo máximo de un año), serán tramitadas por el personal de la EDUPO ante la Comisión Académica del Programa de Doctorado en el que se encuentre matriculado el estudiante y ante el Comité de Dirección de la EDUPO. El personal de la Unidad de Doctorado tramitará la solicitud ante los órganos competentes. Si la solicitud cumple los requisitos exgidos en la normativa, el resultado lo podrá comprobar el doctorando/a, en su expediente, en la aplicación RAPI.

Las bajas por emfermedad o motivos similares (y sus altas respectivas), contemplados en la normativa vigente, serán remitidas y documentadas ante la EDUPO, para su registro oficial. 

Cualquier modalidad de baja que haya sido autorizada por la Comisión Académica del programa NO eximirá al estudiante de la obligación de renovar su matrícula en los plazos establecidos, abonando la cantidad indicada en el decreto de precios de la Junta de Andalucía, de 60,30€.