Estudiantes extranjeros

Estudiantes extranjeros

1. Soy extranjero y necesito una carta de preadmisión para solicitar una beca internacional. ¿Cómo puedo conseguirla?

Debe cumplimentar una solicitud y enviar por correo postal la documentación que se requiere en la misma. Los títulos deben estar debidamente legalizados y traducidos al español. No se admiten copias simples, deben estar compulsadas o autenticadas.

Dercargar solicitud de carta de preadmisión

2. Tengo un título universitario extranjero, ¿Es necesario que obtenga la homologación para poderme matricular de un Máster Oficial?

No es necesario que los títulos extranjeros estén homologados y no se exige ningún tipo de legalización para los documentos expedidos en Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo:

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía y Suecia. También Suiza, por acuerdo bilateral con la U.E.

En los demás casos, los documentos expedidos en el extranjero deberán estar debidamente legalizados: 

  • Documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961: es suficiente con la legalización única o "apostilla" extendida por las Autoridades competentes del país:

Además de los países del Espacio Económico Europeo, son los siguientes: Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Azerbaiján, Bahamas, Barbados, Belize, Bielorrusia, Bosnia-Herzegovina, Botswana, Brunei Darussalam, Chipre, Colombia, Croacia, Dominica, Ecuador, El Salvador, Eslovenia, Estados Unidos de América, Estonia, Federación de Rusia, Fidji, Granada, Honduras, Hong Kong, Hungría, Islas Marshall, Israel, Japón, Kazajstán, Lesotho, Liberia, Macao, Mónaco, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Malawi, Malta, Isla Mauricio, Islas Cook, México, Namibia, Nueva Zelanda, Isla Niue, Panamá, Puerto Rico, Reino Unido, República Checa, San Vicente y Las Granadinas, Samoa Occidental, San Cristóbal y Nieves, San Marino, Santa Lucía, Seychelles, Suiza, Sudáfrica, Surinam, Swazilandia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Venezuela, Serbia y Montenegro. 

Extensiones: Países Bajos (Antillas Holandesas, Aruba); Reino Unido (Anguila, Jersey, Bailía de Guernesey, Isla de Man, Bermuda, Territorio Antártico Británico, Islas Caimán, Islas Falkland, Gibraltar, Montserrat, Santa Elena, Islas Turks y Caicos, Islas Vírgenes).
 

  • Documentos expedidos en el resto de los países: deberán legalizarse por vía diplomática. Para ello, deberán ser presentados en: 

– Ministerio de Educación del país de origen para títulos y certificados de estudios y en el Ministerio correspondiente para certificados de nacimiento y nacionalidad.

– Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron dichos documentos.

– Representación diplomática o consular de España en dicho país. 

3. Mi título no está expedido en lengua española, ¿debo traducirlo?

Se exige que los documentos expedidos en el extranjero que deseen hacerse valer en una Administración Pública en España, vayan acompañados de la correspondiente traducción oficial al español (cuando no estén expedidos en ese idioma).
La traducción oficial podrá hacerse: 

  • Por Traductor jurado, debidamente autorizado o inscrito en España. Ver listado de traductores en la pregunta 4.
  • Por cualquier Representación diplomática o consular del Estado Español en el extranjero.
  • Por la representación diplomática o consular en España del país de que es ciudadano el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento. 

4. ¿Cómo puedo encontrar un traductor jurado?

En la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación puede usted encontrar un listado actualizado de los traductores e intérpretes jurados en ejercicio:

Acceder a listado actualizado de traductores jurados

5. ¿Cómo puedo obtener una carta de admisión para tramitar mi visado? 

Una vez haya formalizado su matrícula según se indica en el apartado de preinscripción y matrícula, debe solicitarla al Centro de Estudios Postgrado a través del Formulario de contacto

Si usted se ha preinscrito pero no se ha matriculado, debe solicitar su carta una vez haya formalizado por completo su matrícula. 

6. ¿Cómo puedo legalizar un título de Máster Oficial o de Doctor/a emitido por la Universidad Pablo de Olavide?

  • Para la legalización y apostillado de Títulos y certificados académicos oficiales expedidos por la Universidad Pablo de Olavide debe consultar el procedimiento en la página web del Ministerio correspondidente (Legalización de documentos académicos oficiales):

Pinche aquí para acceder a la información sobre cómo legalizar documentos académicos oficiales

  • Para legalizar o apostillar el plan de estudios de un Título Oficial cursado debe acudir a un notario autorizado y realizar los siguientes pasos:

        Paso 1:

       - Reconocimiento de firma: Notaría Florit de Carranza
        Plaza Nueva, nº 8, 2_pta
        41001 SEVILLA
        Tfno. 954 221632  //  654224125

         Paso 2:

- Una vez reconocida la firma por la Notaría, se deben llevar los documentos para legalizarlos o apostillarlos, bien al colegio notarial o a un notario autorizado. Les indicamos dos opciones:

  • Colegio Notarial de Andalucía, sede de Sevilla.

    C/ San Miguel, 1

    41002 SEVILLA

    Tfno. +34 954 91594

  • Notaría de D. Manuel Seda

    C/ Tetuán 33

    41001 SEVILLA

    Tfno. +34 954 218140

7. ¿Qué es la legalización única o apostilla de la Haya?

Puede obtener información sobre la legalización única o apostilla de la Haya en el siguiente enlace

8. ¿Cómo puedo legalizar un Título Propio emitido por la Universidad Pablo de Olavide?

  • Para legalizar o apostillar un Título Propio debe acudir a un notario autorizado y realizar los siguientes pasos:

        Paso 1:

       - Reconocimiento de firma: Notaría Florit de Carranza
        Plaza Nueva, nº 8, 2_pta
        41001 SEVILLA
        Tfno. 954 221632  //  654224125

         Paso 2:

- Una vez reconocida la firma por la Notaría, se deben llevar los documentos para legalizarlos o apostillarlos, bien al colegio notarial o a un notario autorizado. Les indicamos dos opciones:

  • Colegio Notarial de Andalucía, sede de Sevilla.

    C/ San Miguel, 1

    41002 SEVILLA

    Tfno. +34 954 91594

 

  • Notaría de D. Manuel Seda

    C/ Tetuán 33

    41001 SEVILLA

    Tfno. +34 954 218140

9. ¿Una vez matriculado en un Máster Oficial, estoy cubierto por el Seguro Escolar?

Para ver toda la información referente al Seguro Escolar debe PINCHAR AQUI