Sevilla
y los negocios de la mar.
Recursos que
financiaron la arquitectura y el arte a fines del siglo XV.
Universidad Pablo
de Olavide
Fecha de recepción: 18 de septiembre de 2011
Fecha de aceptación: 17 de febrero de 2012
atrio, 18 (2012) ISSN: 0214-8289 p. 5 - 26
Resumen: En este texto
se analiza cómo los Enríquez
de Ribera, linaje
sevillano perteneciente a la élite urbana
y emparentado con la más alta aristocracia castellana, interviene muy activamente en los negocios
mercantiles. Esta dedicación, aunque poco estudiada, era habitual entre los grupos
de poder hispalenses. Y teniendo en cuenta
la importante inversión en obras de arquitectura y arte realizada por esta familia,
no se puede obviar que los beneficios de las empresas comerciales
constituirían una significativa fuente de financiación para las mismas. Además, con vistas a investigaciones
futuras, ayudarán a valorar las consecuencias que el contacto cultural
ocasionado con gentes de muy diversa procedencia pudo tener para la evolución
formal y conceptual de las manifestaciones artísticas de la ciudad.
Palabras clave: mudéjar, arquitectura medieval, arquitectura del siglo XV, estudios de género, patrimonio artístico sevillano, patrocinio artístico, Casa de Pilatos, Catalina de Ribera, Pedro
Enríquez, Mendoza.
Abstract: This text discusses the trades and commercial activity of the Enriquez de Ribera, a well-known lineage in urban Seville with strong bonds to Castillian aristocracy. Trade was common as a source of revenue for Sevillian aristocrats who, then diverted their benefits to architecture and works of art. The financial side of these families for local art is of obvious research interest. It is aldo of interest, the international networks that these elites participated in, ones which provided cultural backgrounds that may have left some influence in Sevillian works of art.
Keywords: mudéjar, medieval architecture, feminist art, sevillan artistic heritage, artistic patronage, palace Casa de Pilatos, Catalina de Ribera, Pedro Enríquez, Mendoza.
Los Enríquez de Ribera constituyeron un linaje sevillano emparentado con la más alta aristocracia castellana que, siguiendo el modelo habitual,
realizó importantes inversiones en obras de arquitectura y arte. En este artículo se analizarán las fuentes de
financiación de dichas actividades que tuvieron
que ver con las empresas comerciales y que muestran la estrecha relación que establecieron con los genoveses, el grupo más numeroso de extranjeros que se encontraban
establecidos en la ciudad del Guadalquivir desde hacía varios siglos1.
El matrimonio formado
por Catalina de Ribera y Pedro Enríquez, alcanzó una relevante situación
social y económica
en la Sevilla del último tercio del siglo XV. Existe
cierta bibliografía sobre
sus vidas y acciones,
pero conviene
indicar brevemente quiénes
eran2.
Se habían casado
en el año 1474,
después de que la primera
esposa de don Pedro fuera Beatriz
de Ribera, hermana mayor de doña Catalina. De aquel primer
matrimonio el caballero tenía
dos hijos, Francisco y María, mientras que del segundo
nacieron Fadrique y Francisco.
Circunstancias que se analizarán más adelante les permitieron en los años siguientes incrementar de forma
considerable su fortuna, e invertir en la
construcción y decoración artística de una serie de inmuebles destinados a aumentar
su visibilidad y prestigio en el reino
de Castilla. Probablemente la obra más significativa que financiaron fue su residencia, conocida en la actualidad como Casa de Pilatos. Pero no sería la única, también
intervinieron en la sala capitular de la cartuja
de Santa María
de las Cuevas, tras conseguir en
ella el enterramiento para ellos y sus descendientes.
Después de fallecer don Pedro,
en febrero de 1492, Catalina de Ribera compró y rehizo el palacio
que hoy llamamos de las Dueñas y también
la finca de recreo de la Buhaira o Huerta del
Rey, que asimismo contó
con una magnífica edificación. Y, además
patrocinó la decoración pictórica de la
capilla de San Gregorio en Alcalá del Río. Naturalmente la obra que la
hizo famosa, y creo la imagen que ha perdurado de dama caritativa, fue la fundación del Hospital de las Cinco Llagas. Sin embargo, se sirvió para ello
de una casa en la calle Santiago sin mayor valor arquitectónico, aunque naturalmente dotó de un rico ajuar
litúrgico la capilla.
El monumental edificio renacentista que tantas veces
se le atribuye por error
y hoy es la sede
del Parlamento de Andalucía, no fue construido hasta mediados del siglo XVI, siguiendo las disposiciones que en su memoria ordenó
su hijo mayor al morir.
En definitiva, además
de realizar inversiones rentables, pretendieron dar forma a la imagen
pública de la familia a través
de estas obras,
conociendo muy bien el mecanismo por el que el arte y la arquitectura manifiestan el poder de sus promotores. No olvidemos que ambos procedían de familias en las
que este lenguaje
se había desarrollado con indudable maestría.
Los Ribera, antepasados de doña Catalina por vía paterna, además de construir la casa familiar
de la collación sevillana de Santa Marina,
habían patrocinado la iglesia
de la cartuja de Santa
María de las Cuevas a partir de 1411, interviniendo además en las parroquias de los numerosos señoríos que se encontraban
bajo su dominio.
Los Mendoza, linaje
al que pertenecía la madre
de doña Catalina, alcanzaron la cumbre en esta actividad de promoción. Son innumerables las obras que
desde generaciones atrás
se debían a su iniciativa. Uno de sus
abuelos maternos, el marqués
de Santillana, así como sus tíos y primos llevaron a cabo a lo largo
y ancho de la península algunas de las
más relevantes obras
civiles y religiosas de estilo
gótico, aunque también
jugaron un papel
esencial en la introducción del renacimiento en Castilla. Pero además,
el padre de su
abuela materna
había dejado una significativa obra en la misma Sevilla,
pues Lorenzo Suárez de Figueroa, como maestre de Santiago, mandó
construir el monasterio de Santiago de la Espada
en 14093.Y, por último, aunque
en menor medida, también
los Enríquez habían
hecho de la iniciativa constructora y artística un instrumento de prestigio, entre
ellos el monasterio de Santa Clara de Palencia y diferentes construcciones en Medina de Rioseco, sede principal de la familia.
Pero es evidente
que no basta
el afán por seguir un modelo familiar para
consolidar la reputación social o adquirir
protagonismo en la historia
del arte. Como diría la abuela de Sancho Panza
“dos linajes solos
hay en el mundo, que son el tener y el no tener”4.
De manera que, si este matrimonio deseaba
fundar un nuevo linaje,
pues el de los Ribera
que había abrazado Pedro Enríquez
al casarse con
la primogénita doña Beatriz,
debía continuar en la línea
de Francisco Enríquez de
Ribera, el hijo
que ambos tuvieron, debían asegurarse ante todo
“tener”, para costear
así las obras
que hablaran de su importancia al resto de la
sociedad.
La pareja hizo su importante fortuna siguiendo los
métodos tradicionales en su grupo social. Naturalmente, el caballero desempeñó su papel como cortesano,
primero en tiempos de Enrique IV, terciando
en los conflictos entre los dos bandos
que rivalizaban en la ciudad,
Guzmanes y Ponce de León.Y después
de que Isabel y Fernando
se convirtieran en reyes,
aprovechando su muy privilegiada posición cerca de los monarcas,
pues su hermana mayor se había casado
con Juan II de Aragón
y era la madre del rey católico. Entonces asumió una intensa
labor como representante de los monarcas en la ciudad.
Es decir, Pedro Enríquez
ejerció los cargos
públicos que había
heredado u obtenido por sus propios
méritos y, naturalmente, acumuló
sus beneficios. El final
de la guerra desarrollada en Castilla entre
los partidarios de Enrique
IV y su hermano el príncipe Alfonso, durante los años 1465 a 1468, marcó el inicio de su ascenso político5.
Como era de esperar fue
uno de los regidores del cabildo municipal de Sevilla, grupo conocido como los caballeros veinticuatro por
el número original de sus miembros.Y en 1468, antes
de enviudar de doña Beatriz
y en el marco
de una negociación más amplia
relacionada con la contienda,
obtuvo del marqués de Villena
los derechos de los Molares,
El Coronil, Las Aguzaderas y Estercolinas. Después de eso, un acuerdo
con la familia
de su esposa hizo
que la pareja
conservara Los Molares
y sus anejos, aunque su suegra, doña María de Mendoza se reservaba el usufructo de este lugar
de manera vitalicia6.
A través de aquel primer matrimonio con la hija mayor de Per Afán de
Ribera heredó la notaría y el adelantamiento mayor de Andalucía, puesto que su suegro murió
prematuramente y sin sucesores varones.
A ello sobre que se sumó la merced de las tercias
reales cobradas en dinero en el arzobispado de Sevilla y obispado de Cádiz al menos desde 1469, a cambio de lo cual debía
asegurar el mantenimiento de diversas fortalezas de la frontera con
Granada.
En el año 1473, su padre, el almirante mayor de Castilla don Fadrique
Enríquez, le cedió 120.000 maravedíes de juro anual sobre la renta de las jabonerías de Sevilla y 80.000 en otras rentas
de esta ciudad
y la de Cádiz.Y aunque no obtuvo
plenamente el señorío
de Tarifa hasta
el año 1478,
desde mucho tiempo
atrás disfrutaba, también
por concesión paterna,
de las rentas correspondientes, que ascendían anualmente a 336.460
mrs.
Desde luego perteneció al consejo de los reyes y sus buenas
relaciones con la corona,
así como con otras altas
personalidades del reino
lo convirtieron en una especie de mediador y conseguidor de beneficios para diferentes
personajes sevillanos, tareas
de las que obtendría sus propias ventajas7.
Seguramente el adelantamiento era el oficio más provechoso de todos porque,
además de las rentas que le correspondían, debía encargarse de acciones que recibían su pago particular. Como cuando en 1479 los reyes Isabel y Fernando se muestran conscientes del gran número
de musulmanes que estaban abandonando Andalucía con las pertenencias y ganado que podían transportar. Partían de las tierras
en las que habían nacido
con la intención de refugiarse en los reinos
de Granada y seguramente del norte de África. Ante esta situación, concedieron a Pedro Enríquez la merced de poder detenerlos y quedarse con todos los individuos y los bienes
que llevasen8. Por otro lado, la revitalización de la guerra
contra Granada durante
los años ochenta, significó la obtención de recompensas después de cada campaña anual, bien en especie o a través
de las mercedes adecuadas.
Cuando en mayo de 1483 el rey concede a Pedro Enríquez doscientas diez aranzadas de olivar y otros bienes de la heredad
de Quintos y Alcalá
de Guadaira, se iniciaba un proceso de acumulación de tierras en ese lugar
en donde, muy probablemente, se fueron invirtiendo los beneficios de otros
negocios9.
El resultado fue la obtención de un importante latifundio cuya más significativa incorporación se realizó
en septiembre de aquel mismo año, cuando doña Catalina
compraba por un millón de maravedíes una gran
finca también
dedicada al olivar
y sacada a subasta por haber pertenecido a un converso condenado10.
Aquel fue un gran año para las inversiones inmobiliarias de la familia, porque también se adquirió la propiedad de la collación de San Esteban
que, después de ampliarla con la compra
de otros solares
aledaños, se convertiría en la residencia principal
del linaje, conocida actualmente como Casa de
Pilatos11.
Como se verá más adelante, los reyes también concedieron al matrimonio censos
sobre las almonas
y, cuando en 1487 fue conquistada Vélez-Málaga, se produce una
nueva circunstancia. Por primera vez en esta guerra quedaron en manos de los monarcas varios miles de prisioneros a los que se aplicó esclavitud. Entre otras partidas, casi setecientas personas
fueron regaladas a prelados y caballeros.
Teniendo en cuenta que Pedro Enríquez había aportado 150 caballeros al cuerpo de ejército del
rey, es muy probable
que le correspondiera cierto
número de esos
esclavos. Por ejemplo, el cardenal Mendoza, tío de doña Catalina, obtuvo
setenta12.
Esa campaña
marcó el inicio
de los intereses económicos de la familia en aquellas tierras malagueñas, pues le correspondió en Vélez-Málaga una merced real valorada en 420.000 mrs., que comprendía 600 fanegas de tierra
de riego y secano en Zalía, 500 aranzadas de viña en Yznate, 20 aranzadas de olivar en Canchillas y 5 tiendas
en Torrox13. Desde entonces
los reyes defendieron las posesiones de la pareja
en esa región siempre que fue necesario14.
Fueron años de intensa actividad en la frontera,
propicia para hacer
fortuna. Pero no hay que olvidar que
la familia residía
en Sevilla, una
de las ciudades
más importantes del reino castellano. En donde la única industria considerada de corte capitalista a lo largo del siglo XV fueron las
almonas o fábricas de jabón,
muy adecuadamente ubicadas
en la ciudad del Guadalquivir,
teniendo en cuenta la gran producción de aceite en el entorno y la facilidad para
la posterior distribución del producto a través
de su puerto.
Después de un azaroso proceso
de concesiones reales,
compras y ventas que
se extendió a lo largo
del siglo XV, la familia Enríquez
de Ribera consiguió poseer la mayor parte del monopolio para la
fabricación de jabón. Éste abarcaba el arzobispado de Sevilla y los obispados de Córdoba y Cádiz,
aunque los gaditanos tuvieron libertad para confeccionar jabón
prieto y en Jerez la actividad estuvo
a cargo de los Ponce de León16.
Sin embargo, estos
patricios no se encargaban directamente de la fabricación, que estuvo arrendada a destacados empresarios genoveses. Durante el reinado de los Reyes Católicos, Francesco Ripparolio,
castellanizado su apellido
como Riberol, uno
de los miembros más destacados de esa comunidad en
Sevilla, arrendó a Enríquez dos
tercios de las
almonas, mientras Marco Castiglione contaba con la tercera parte.
Pedro Enríquez, sin embargo,
se reservó la producción de Utrera al considerar que se hacía
allí el jabón
de mejor calidad17. De hecho, siendo
ya viuda doña Catalina, en el año 1501 hubo de
luchar por mantener
el control de la producción en aquella población18. En Sevilla
se había fabricado desde época islámica un tipo de jabón conocido como prieto o blando,
elaborado a base
de potasa y de color
oscuro; pero los genoveses introdujeron el blanco o duro, hecho con sosa y más demandado en los países
del norte de Europa.
A partir de entonces los italianos siguieron produciendo todo el jabón
de la ciudad hispalense y, a su vez, subarrendaron el derecho a fabricar la
modalidad prieta en las demás ciudades y villas. En el decenio
de 1481 a 1491 la pareja Enríquez
de Ribera cobró por
la cesión del monopolio unos 400.000 maravedíes anuales, mientras que en
el siguiente la cifra ascendió a 554.0000 mrs., a lo que se debían
añadir productos como 900
pares de gallinas, 25 varas de seda a elegir el color y 8 quintales
de cera por labrar19.
Aunque don Pedro se había visto obligado a vender algunas
partes, a través del testamento pidió
a su mujer que las recuperase, consciente de su rentabilidad y de que
la situación económica a la que
habían llegado lo permitía. Además, deseaba que heredase ese monopolio el hijo menor de
ambos, Fernando
Enríquez de Ribera20.
Doña Catalina se esmeró en ello con éxito en cuanto murió
su marido21. Sin embargo,
esa no fue la única gestión de la que se ocupó en relación a
las jabonerías22. Especialmente porque el monopolio
siempre estuvo amenazado por
una guerra de precios
y por producciones fraudulentas dedicadas sobre todo a la exportación23.
Por ejemplo, en 1493, el mercader genovés Dimitre Saoli fabricaba jabón blanco en Cádiz, en el castillo
del Puente de Zuazo, vendiendo 200 quintales a su colega John
Bagley, que lo exportaba a Londres24. Ante esa situación, doña
Catalina, que también
enviaba sus jabones
a Inglaterra y estaba
dispuesta a luchar por la conservación de un provechoso monopolio, acudió a su cuñado
el almirante mayor de Castilla, solicitando que se detuviera esa actividad y se prendiera a los infractores. Después de presentar la documentación pertinente sobre la merced que
le habían otorgado los reyes,
y de que se realizara la oportuna investigación, consiguió que el almirante emitiese un mandamiento de defensa
de esos privilegios. Para ello se dio un poder al
mercader Johan de Brujas y a Pedro de Lugo,
con el fin
de que pudieran registrar las embarcaciones atracadas
en diferentes puertos
para requisar los jabones25.
Sin embargo, desde la antigüedad, la ciudad de Sevilla basó su importancia
en la posición que ocupaba
en el curso del río Guadalquivir y en ser el gran centro
de una región muy productiva y conectada por una tupida
red de comunicaciones terrestres. Las bondades
de su sistema portuario, extendido desde La Rinconada
hasta Sanlúcar de Barrameda, la habían convertido durante las últimas
décadas de la edad media
en el enclave naviero
más importante del sur de España.
El comercio se desarrollaba a través
de las aguas atlánticas y mediterráneas, en un radio
de acción cada vez más amplio
que permitía exportar los principales productos de la región así
como redistribuir otros,
todo ello con importantes beneficios. El aceite
del entorno era
trasladado a Génova,
Londres o las ciudades flamencas; el vino a las islas Canarias, los puertos del Cantábrico y de Irlanda,
Lisboa o Setúbal;
los cereales, especialmente el trigo de aquellos
productores que contaban con licencia para
sacarlo del reino, se vendía en la costa vasca, Lisboa
y Génova.Y además,
las embarcaciones partían
de Sevilla cargadas
con leguminosas, frutas,
cueros, pieles, loza y vidrio, cáñamo y esparto, bizcocho, hierro, madera, colorantes y otros productos del campo26.
En cuanto a las importaciones, a modo de ejemplo, el arancel de 1491
menciona 150 artículos, aunque en líneas generales destacaron el trigo
en años de carestía; la seda
cruda de Granada,Valencia o Calabria para
abastecer la industria textil
local, que también
necesitó el alumbre
de Cartagena y colorantes como el pastel de Azores
o la orchilla de Canarias
y la Berbería atlántica, aunque la mayor parte de éstos se redistribuían después
en Castilla, Inglaterra, Flandes
e Irlanda. A ese proceso de compra y venta también
se sometían los paños ingleses
y de ciudades peninsulares, terciopelos genoveses, rasos, damascos y fustanes de algodón. Por supuesto
se importó azúcar,
que desde 1480 llegaba
desde las islas de Azores
y Madeira, y a partir de 1495 también desde las Canarias. Otros alimentos fueron
el arroz de Valencia
o el pescado de la costa
africana, a lo que se debe sumar
la recepción de especias
y metales, o el comercio
de esclavos negros obtenidos mediante rescate.
Esta actividad explica
que durante los últimos años del siglo
XV y principios del siguiente, se basara en los mercaderes la prosperidad de la ciudad. Un
éxito cimentado, especialmente en el caso de los extranjeros, en la eficaz red
comercial que habían
tejido en toda Europa.
Ya desde fines
del siglo XIII
los genoveses eligieron Sevilla
como centro de administración de sus negocios
con los puertos
del norte de Europa,
mientras consideraron a Cádiz como gran depósito
de sus mercancías. Entre 1489 y 1515 comerciaban en la ciudad
hispalense 437 genoveses, siendo el más importante nuestro conocido Francesco
Riberol. Ya
vimos cómo este individuo arrendó la fabricación de jabón a los Enríquez
de Ribera, siendo además financiero y armador
de la conquista de Tenerife, tras
lo que explotó la orchilla canaria y se convirtió en propietario de tres ingenios de azúcar en aquel territorio insular.
Naturalmente no fueron
los únicos comerciantes activos en la ciudad
y si se analizan los datos
documentales hasta el año 1515,
los andaluces dedicados a este negocio
desde 1472 fueron
358; desde 1489
hubo 92 burgaleses y 15 valencianos; desde 1480 los ingleses eran 57 y había 20 florentinos desde 1474; además
se contabilizan durante
las dos últimas
décadas del siglo 8 sieneses, 7 portugueses y 5 flamencos.
Obviamente alcanzaron distintos grados de prosperidad,
pero muchos de ellos formaron importantes patrimonios de bienes rústicos
y, sabiendo las ventajas que la influencia social y administrativa podía reportar a sus
intereses económicos, procuraron acceder a los grupos de élite ciudadana, introduciéndose en el cabildo
municipal y desempeñando los cargos de veinticuatros, jurados y mayordomos. Aunque el primer
banco público no apareció hasta 1508, miembros de todos los grupos sociales disponían de capital suficiente para participar en actividades comerciales y empresariales de diversa
índole. Y en el préstamo marítimo
destacaron los grupos
no financieros de la ciudad27.
Desde luego, este contexto económico
se prestaba a que don Pedro y
doña Catalina,
muy motivados a hacer fortuna,
tuvieran iniciativa comercial. Y los cito a ambos, no sólo al adelantado, porque
los documentos indican cómo doña Catalina participó en los asuntos
relacionados con la economía
de su familia mientras
estuvo casada. Por ejemplo,
ella se ocupó de las adquisiciones de la residencia principal del linaje
–actual Casa de Pilatos- y de la hacienda de Quintos.Y las palabras
que le dedica su marido en el testamento
indican la confianza absoluta que tenía en sus gestiones, avalada con toda probabilidad por la experiencia28. Una vez viuda, la eficacia con que mantuvo la administración y la manera
en que incrementó su fortuna insinúan que ella se hubiera
ocupado habitualmente de la administración, mientras don Pedro se dedicaba
a sus otras responsabilidades.
En las familias
de ambos existían
precedentes de una importante vinculación con el mar, pero
nunca a nivel comercial, sino militar. Durante
la guerra por la corona de Portugal que emprendió Juan
I a fines del siglo
XIV, el bisabuelo
de doña Catalina, Per Afán de Ribera,
fue nombrado capitán general de la flota
que debía dominar
el estuario del Tajo, encargo relativamente habitual entre los caballeros veinticuatro de la ciudad.
Su actuación no se caracterizó por los aciertos
tácticos y aquella
contienda desembocó en el
desastre de Aljubarrota, que perduraría en la memoria
del reino por
dejar a Castilla sin la flor y nata de sus caballeros, sin ejército ni recursos durante mucho
tiempo.
A pesar de la derrota,
el rey se mostró
generoso con su consejero nombrándolo notario mayor de Andalucía. A ese cargo Enrique
III sumaría el de
adelantado mayor en 1396.Ambos oficios eran esenciales en el gobierno del reino y muy
especializados. Habrían necesitado una dedicación exclusiva,
pero ya hacía tiempo que
servían principalmente a quienes los disfrutaban como fuentes de ingresos, para mantener prestigio
social, proximidad al monarca y, con
ello, la posibilidad de intervenir en los asuntos
del poder29.
Después heredarían los cargos su hijo Diego Gómez de Ribera y su nieto Per Afán de Ribera,
padre de doña Catalina. Como ya se ha indicado, este último no tuvo sucesores varones,
de manera que pasaron al esposo de su
primogénita Beatriz,
que era precisamente Pedro Enríquez.
En cuanto a los Enríquez, el lustre de la familia
se debía a ser descendientes del rey Alfonso XI y doña
Leonor de Guzmán,
en concreto del infante don
Fadrique, recordado sobre
todo porque su hermanastro Pedro I lo
mandó matar en el alcázar
sevillano. Su hijo, Alonso Enríquez, fue el primer
almirante mayor de Castilla del linaje y de todos
ellos quien más intervino
en los asuntos marítimos. Recibió
el cargo de su primo,
el rey Enrique III, permaneciendo desde entonces como
patrimonio de los
Enríquez hasta su desaparición en 1705.
El almirantazgo había
sido creado por Fernando III tras la conquista
de Sevilla y sus tareas,
además de la acción militar,
fueron la jurisdicción civil y la criminal sobre todos los puertos del reino.
El primogénito del primer almirante, llamado
Fadrique Enríquez, heredó
el oficio y fue el padre de
nuestro protagonista, don
Pedro, y también del tercer almirante, Alonso Enríquez, que prácticamente no intervino en las cuestiones navales sino que tuvo un papel nominal.
Primero porque en tiempos de Enrique IV no
hubo ocasión de llevar a cabo empresas
marítimas y después,
cuando los reyes católicos le encargaron repetidamente organizar armadas, no mostró ni
competencia ni preocupación en ello,
se limitó a hacer nombramientos y percibir los rendimientos del cargo30.
A pesar de la cercanía
familiar de don Pedro al almirantazgo y teniendo en cuenta
que, durante los años en que se desarrollaron las empresas marítimas que vamos a estudiar, la actividad bélica
en relación a
la guerra de Granada estaba en su apogeo,
no parece que su intención fuera medrar a costa
de estas circunstancias ni, desde luego,
participar en ningún
cerco ni batalla. Sin embargo, sí contaba con la baza
de poder recurrir
a su hermano el almirante y, especialmente, a su sobrino
el rey cuando se viera en dificultades.
Probablemente el factor
determinante para la dedicación al comercio
marítimo fue que el matrimonio Enríquez de Ribera poseía tierras
en los grandes centros
productores de trigo
de la región, entre ellos Bornos, Espera, Cañete, El Coronil, etc. Y
aunque su exportación estaba prohibida al ser un alimento esencial para la población y sometido a períodos de carestía, don Pedro obtuvo
permiso en el año 1476
para sacar del reino libres
de impuestos quinientos cahices de trigo al año, es decir, más de trescientas toneladas31. Además la
carga podía ser de su propiedad o de quien
él gestionase, de manera que así se estaba convirtiendo en intermediario en este negocio. Es cierto que por
cuestiones políticas y bélicas se le impedía
comerciar con los reinos de Francia y Portugal, así como con el norte de África,
pero esos no eran
los grandes mercados de Sevilla, de manera que
la limitación no significaba un gran perjuicio.
Diversos mercaderes del comercio internacional y especialmente los genoveses habían buscado y conseguido la cooperación de los grandes productores de cereales, especialmente nobles y órdenes
militares32. La relación de estos italianos afincados en Sevilla
con los Enríquez
de Ribera era antigua y consolidada. El hecho de que los mercaderes genoveses Bautista Gentil y Marco de Castellón o Cataño (en el mismo
documento se le cita
de ambas
formas) fueran los
tasadores de los
bienes en el inventario realizado a la muerte
del padre de doña Catalina no resultaba extraordinario en la ciudad33.Y cuando en el año 1505 se realiza el inventario de los bienes
de la difunta Ribera,
se cita una deuda por un contrato
con Rodrigo Cataño,
genovés dedicado
al comercio pero
también procurador de Sevilla y jurado
de
la collación de San Bartolomé.
Y ya en 1470 se encuentran acreditados lazos más estrechos con los
genoveses, porque
cuando doña Catalina
y don Pedro decidieron casarse fue necesario solicitar permiso a Roma por ser parientes lejanos. Y, dado
que la oposición de doña María
de Mendoza, madre
de ella, hacía
prever que planeara anular el matrimonio, optaron por no arriesgarse
y esperar a que la documentación
llegara a Sevilla. Esos trámites solían demorarse muchos años así que,
en un intento por acelerarlos y según el cronista Palencia, Enríquez consiguió que unos “amigos
genoveses” le gestionaran la dispensa pontificia en Roma a cambio de la considerable suma de 15.000
áureos34.
Por otro lado, una parte del suelo sobre
el que el matrimonio construyó su residencia en la collación de San Esteban
fue adquirida al mercader de aquella nación Jacomo de Monte.Y es posible
que ciertos aspectos
de la casa, edificada a partir
del año 1483,
se vieran influidos por el contacto con estos extranjeros35.
En todo caso, la inmersión del caballero en el mundo
mercantil comenzó suministrando trigo a los barcos de los genoveses. Sin embargo, también
exportó el cereal
en otros barcos
castellanos, lo que hace pensar
que Enríquez no siempre
dejaba la gestión
de ese comercio en manos
de los italianos, sino
que tuvo iniciativas independientes. De hecho, en 1484, envió
a Génova una carga
de trigo en una nao propiedad de Vicente Yáñez,
que además era su capitán.
De esta manera,
apareció en escena
ese vecino de Moguer
que, apenas ocho años después,
resultaría uno de los principales protagonistas del descubrimiento de América36.
Como se verá,
diferentes circunstancias generaron la documentación
que hoy nos permite
bosquejar la actividad empresarial y marítima
de Pedro Enríquez. Entre ellas se debe destacar que la intensa
relación personal y familiar con los monarcas
motivaría una dedicación quizá más atenta
de éstos a sus reclamaciones. Todo lo cual ha quedado reflejado en diferentes textos que, en otras
condiciones, probablemente habrían
sido obviadas37.
El caso es que desde
sus primeras aventuras comerciales jugaría un papel fundamental la asociación empresarial con los genoveses. De hecho, Bautista Pinelo aparece como factor
del adelantado cuando
en junio de 1487 se denuncia
un hecho muy habitual. Pedro Enríquez y el italiano
habían fletado con destino
a Génova una nao llamada la Reina, cargada
con mercaderías no especificadas
pero cuyo valor ascendía a 8.000
ducados. La capitaneaba el asturiano Gonzalo
de Deva que, junto
a su tripulación, concertó con un
tal Juan Ruiz
que los siguiese con su propia
embarcación y escenificara un asalto, para después
repartir la carga
entre ambos. Efectivamente, Ruiz tomó la Reina en el puerto
de Ibiza y después las dos naos se trasladaron a Mallorca en donde
cada capitán se quedó con la mitad
de las mercancías38.
Además de los Pinelo, hay que tener en cuenta la ya mencionada relación
del adelantado con
Francisco Riberol. Los
genoveses acostumbraban a dividirse en “casas”, que en 1489 sumaban en Sevilla once.
Esta familia, que vivía en la calle Tintes, a sólo unos metros del lugar en el que don Pedro y doña
Catalina construirían a partir de 1483 su residencia, incluía
también entre sus miembros
a Andrea Cassana o Cazana, socio del adelantado en 148439.
En esa fecha Cazana capitaneaba una nao que traía azúcar y otras mercancías de propiedad compartida con Enríquez desde
las islas de Madeira.
También en aquella ocasión
intervinieron en la historia los piratas, pues
fue asaltada por dos naves de armada
a la entrada de la bahía de Cádiz. Una era
del corsario conocido como Príncipe
de Constantinopla y en la otra iba como
capitán el sevillano Alfonso Beltrán y de maestre
Juan Martínez, vecino de Zumaya40
El riesgo de ataque pirata era constante, en parte relacionado con la guerra y la permisividad que tenían para ir de armada o actuar como corsarios.
Pero gracias a la burocracia que generó este
delito, se ha conservado
información documental asociada
de gran interés41. El origen de los piratas que robaron embarcaciones de Pedro Enríquez o de los genoveses
con los que compartía negocios fue variado, los hubo sevillanos, asturianos, franceses
o musulmanes y, aunque
es poco probable que se recuperaran las pérdidas, los mercaderes acudieron sistemáticamente a la justicia, sabiendo
cuánto convenía a la corona
que no salieran perjudicados en su actividad
y acabaran abandonando el territorio.
Como se ve, después
de probar fortuna
con la exportación de trigo,
el éxito económico de la empresa,
a pesar de los peligros
que presentaban unos mares infestados de ladrones,
animaría al caballero a ampliar los puertos con los
que comerciar, sobre todo tras la incorporación de Azores, Madeira
y Canarias a las
rutas mercantiles.
De hecho, desde
1480 aparecen relacionadas las cargas de azúcar del Atlántico portugués y las canarias
a partir de 1495. La importación de este
producto se organizó desde Sevilla
y Cádiz, donde
se almacenó la mayor parte para su reexportación a otros puertos
europeos. A todas
las islas se llevaban productos para su abastecimiento y, en el viaje
de vuelta las naos
venían cargadas de azúcar y además las de Canarias
traían orchilla de las
Canarias, mientras las
de Madeira y Azores importaban pastel y cueros42.
Y, como era de esperar, a la vez que se ampliaron las rutas tanto
por el Mediterráneo como por el Atlántico, el propio mecanismo del negocio hizo aumentar la variedad de productos comerciales, incluyéndose además de los ya citados la lana y la porcelana43.
En esta evolución empresarial, que se compaginaba con el resto
de los intereses económicos de los Enríquez de Ribera, sin perder de vista los sociales
y políticos, no es ninguna
sorpresa que finalmente contasen con una embarcación de transporte propia,
aunque el hecho
de que ya la tuvieran en 1489
indica que ello
no impidió seguir
fletando mercancías también
en las de sus socios44.
Sevilla era el mercado de compraventa de naves más importante del sur peninsular y la expansión del comercio exterior
aumentó enormemente su demanda. Era habitual que la propiedad estuviera dividida entre varias
personas y que los maestres poseyeran la mayor parte. Los socios no eran sólo los mercaderes del comercio
internacional, sino que abundaron los navieros
andaluces, traperos y vecinos de los que
no se especifica su profesión en los documentos45.
En los astilleros de Sevilla se fabricaban desde
barcos pequeños a los de grandes dimensiones, de hasta
ciento cuarenta toneles. El que fue propiedad de don Pedro y doña Catalina
era un navío de hasta
sesenta toneles y se
llamaba Santa María
de Concepción46. La denominación de navío podía significar dos cosas, que fuera una nao pequeña,
teniendo en cuenta que las destinadas al comercio exterior
iban desde los cincuenta a los doscientos cincuenta toneles.
O bien que no estaba
plenamente adaptada al tipo de nao
de alto bordo, aparejo
redondo y poca diferencia entre
eslora y manga, es decir,
la nave más perfecta
para el transporte47. En los casos conocidos el tamaño de las carabelas iba de quince
a sesenta y el de los navíos
de cincuenta a setenta toneles.
Cuando en febrero
de 1492 falleció
Pedro Enríquez, su viuda se hizo cargo no sólo de la tutela
de los dos hijos que tenían en común, sino también
de la administración de todos los bienes
y negocios de la familia.
No hay constancia documental que confirme el mantenimiento de las empresas marítimas, pero tampoco
sobre su abandono. De hecho, cuando
doña Catalina muere 1505 y se realiza
el inventario de sus bienes,
se citan “cartas
de
marear”, aunque ello
no indique si las usaba
para controlar actividades comerciales o sencillamente las guardaba como
recuerdo de otro
tiempo.
De lo que no cabe duda es de una capacidad empresarial que le permitió
en la última década de su vida multiplicar la fortuna que legó a sus
descendientes48. A lo largo
de este texto
se ha mostrado su intervención en numerosas iniciativas, entre
las que destaca
la reclamación realizada en el año 1494
para recuperar precisamente el navío Santa
María Concepción.
La embarcación, que tenía por maestre a Pedro de Sevilla, fue asaltada por un
corsario francés llamado San Germán en el Algarve de Portugal, cerca de Faro. Era septiembre de 1489 y hacía el
viaje de regreso de las islas Canarias cargada de mercancías. Después del robo
era habitual que el navío cambiara de manos y parece en 1494 otro
capitán francés la utilizaba
para ir de armada, es decir, con la finalidad de robar más naves y su carga.
En esas circunstancias, el preboste
de Fuenterrabía lo detuvo en la costa
de Granada, conduciéndolo hasta el puerto de Málaga,
en donde lo entregó
todo al corregidor. Pues bien, doña Catalina,
sin mucho fundamento pero con
un considerable interés
por recuperar las pérdidas sufridas
cinco años atrás, consideraba que esa nao era la suya,
clamaba justicia y pedía que se
le devolviese con todos sus aparejos49. Apenas un mes después,
el consejo determinó una investigación más profunda y la devolución a Catalina de Ribera si finalmente fuese suya la que, en esa ocasión,
se denominó carabela. Sin
embargo, tanto el corsario como
los bienes que contenía fueron
entregados a un vecino de Valencia
que había sido
desvalijado anteriormente por los mismos piratas50.
No se conoce
el resultado final
de las pesquisas ni si doña
Catalina obtuvo la nave, es posible que planeara volver a los negocios
marítimos y de ahí
el afán por conseguirla, pero el caso es que ésa es la última
referencia documental a este tipo de empresa comercial.
Desde entonces, sus intereses parecen
volcarse en la tenaz defensa
del monopolio del jabón
y su exportación, como se vio anteriormente. Pero, sobre todo, en la inversión
en propiedades rurales
y su explotación. Ya se
dijo que en el año 1483 la dama consta
documentalmente como responsable de las compras de la casa
familiar en la collación de San Esteban
y de la hacienda de
Quintos, por 320.000 y un millón de
maravedíes respectivamente. Las escrituras se realizaron mientras
don Pedro se encontraba ausente
de la ciudad y, aunque
son dos inversiones importantes, en el primer caso se trató sólo del desembolso inicial, porque en los años siguientes y después del fallecimiento del caballero en 1492, se fueron adquiriendo
las fincas aledañas para
obtener el mayor espacio
posible y tuvo lugar
la construcción, el ornato
y amueblamiento de la casa
llamada conocida actualmente como Casa de Pilatos.
En el año 1493 se hizo con una propiedad muy significativa en la historia de Sevilla, la Huerta del
Rey o Buhaira, cuyo precio
ascendió a 4.900.000 maravedíes, pero en donde también se invirtió en la construcción de
la vivienda principal
entre otras cosas51.
Tres años después,
en 1496, Catalina
de Ribera compró
otra residencia con el ánimo de construir una morada similar
a la que hasta entonces
había habitado la familia.
Su finalidad era que cada hijo heredase una de ellas,
evitando la posibilidad
de disputas entre ellos. Tras la adquisición también realizó desembolsos
importantes en su reedificación y decoración. Actualmente aquella casa en la collación de San Juan de la Palma se conoce como Palacio de las Dueñas52.
A pesar de la importancia de estos gastos,
el esfuerzo más continuo
y notable en cuanto a inversión de capital consistió en la adquisición de “donadíos” de tierra
cerealista en las campiñas de Utrera, Lebrija,
Coria y las cercanías de Sevilla: Quintos, Gómez Cardeña, Alcaudete, Herrera o La Puebla53. Con esta operación reunió al menos veintiocho grandes fincas y
manifiesta un viraje
en la planificación de sus negocios. Prácticamente han desaparecido en estos años las referencias documentales sobre empresas mercantiles, a excepción de las actividades relacionadas con las almonas. Sin embargo, su liquidez y el producto de las rentas
que recibía debían
ser importantes. Además doña Catalina, ya viuda, era consciente de que su propia
muerte no estaría lejana, aunque
no se produjera hasta 1505,
de manera que convierte su dinero en tierras buscando, además de la productividad, que resultaran inversiones muy seguras
a largo plazo54.
Después de la muerte de don Pedro, los reyes mantuvieron la relación
de afecto
y protección hacia
la viuda y sus hijos,
los datos que lo corroboran
son numerosos pero, atendiendo sólo al plano
económico, se puede
citar la concesión a doña Catalina y don Fadrique
de un censo por 40.000 maravedíes por el resto
de sus vidas sobre las rentas de Sevilla55.Y, especialmente el regalo
que la reina les hizo cuando se marchó para siempre de la ciudad.
Antes de que
la caravana de la corte
tomase el camino
de Cantilla y Cazalla en dirección a la Puebla
de Guadalupe, donde
llegó el cuatro
de abril de 1502,
doña Isabel dejó
encargadas cientos de misas y concedió muchas mercedes a quienes le habían servido
en la ciudad del Guadalquivir56.
Unas semanas antes,
los reyes repartieron privilegios de por vida,
provenientes de los
almojarifazgos, por un valor total
de 6.747.477 mrs. A Catalina de Ribera le correspondieron 461.500
mrs., y a Fadrique Enríquez de Ribera 3.000 mrs. Para
establecer una comparación con el resto de las mercedes, conviene observar que la relación comprende
cincuenta y una personas e instituciones, ocupando doña Catalina el tercer lugar,
sólo detrás de la reina
de Portugal –hija
mayor de los reyes- y de su propio sobrino, el duque de Medina Sidonia57.
1.
Investigación realizada
en el marco del Proyecto de Excelencia de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. Junta
de Andalucía (P10-HUM-5709):“La arquitectura en Andalucía desde una perspectiva de género: estudio
de casos, prácticas
y realidades construidas” Investigadores: Dra. Elena Díez Jorge, Dra. Ana Aranda Bernal, Dra. Margarita
Birriel,Dra.Esther Galera,Dra.Carmen Gregorio,Dr.Carlos Hernández Pezzi,Dra.Manuela
Marín, Dra.Therese Martin, Dra.
Cándida Martínez, Dra.
Christine Mazzoli-Guintard, Dra. Yolanda Olmedo, Dra. Margarita Sánchez Romero y Dr. Felipe
Serrano.
2.
Sobre Catalina de Ribera y Pedro
Enríquez: LADERO, M. A.: “De
Per
Afán a Catalina de Ribera siglo
y medio en la historia
de un linaje sevillano” en La España Medieval, IV, 1984,
pp. 447-497.Y de Ana Aranda Bernal:“Una Mendoza
en la Sevilla del siglo
XV. El patrocinio artístico de Catalina de Ribera”. Atrio.
Revista de Historia del Arte.Vol. 10-11, 2005; “El reflejo del prestigio y la devoción
en una pintura de Andrés
de Nadales. La promoción
artística de Catalina
de Ribera en Alcalá del Río”. Cuadernos de Arte e Iconografía.T. XV, nº 30, 2006;“El origen de la Casa
de Pilatos de Sevilla. 1483-1505”, págs.:133-172. Atrio. Revista de Historia del Arte.Vol. 17, 2011.
3.
GÓMEZ DE TERREROS GUARDIOLA, Mª
del Valle, “La arquitectura de la orden de Santiago en la provincia de Sevilla”, La arquitectura de las órdenes
militares en Andalucía, Huelva, 2010,
pp. 239-322.
4.
Miguel de Cervantes, Don Quijote
de la Mancha, Segunda Parte,
capítulo XIII.
5.
Enrique IV nombra a Pedro Afán de Ribera (sic),
adelantado mayor de Andalucía y juez de vista y alzada
de Sevilla y Córdoba. Este documento determina el comienzo de la vida pública
de don Pedro en Sevilla. Archivo Ducal
de Medinaceli (en adelante A.D.M.).
Sección Alcalá (en adelante
S.A.), 42-54. 1465-1-8.
6.
LADERO, M.
A.:“De
Per Afán…”, op. cit., pp. 472-473.
7.
En una relación de
cartas y provisiones reales que se dieron a Enríquez, ninguno de los documentos trata intereses particulares de don Pedro, hace una labor de
“conseguidor”, gestionándolos ante la corte y mostrando
su cercanía a los reyes. El folio
605-2 es especialmente interesante, porque los reyes confirman a un veinticuatro la tenencia y explotación de los hornos
de bizcocho, indicando que ha sido
por petición expresa
de Enríquez,“nuestro tío y adelantado y del consejo”. ES.47161. Archivo General
de Simancas (en adelante AGS)
1.1.31.1.1131.5. Registro General
del Sello (en adelante RGS),
1475-08-sd, fol.605, 1, Valladolid. Otros ejemplos se conservan en el Tumbo…, op. cit. Como cuando los
reyes autorizan a Alfonso
Fernández Melgarejo, veinticuatro de Sevilla, para que pueda trasmitir
libremente su oficio a cualquiera de sus herederos, “acatando los muchos y
buenos servicios que nos avedes fecho (…) y porque
asy nos lo suplico et pidio por merced don pero enrriques nuestro tio e nuestro adelantado mayor del andaluzia y del nuestro
consejo…”. Tumbo, I, 42 (t.1º, p.84). En otra ocasión
agradecen la adhesión
de Sevilla, conocida
a través de una carta llevada por don Pedro “et oymos lo que de vuestra
parte nos dixo (…) para lo poner en obra, quanto a las
cosas, que
de vuestra parte
el dicho adelantado nuestro tio nos suplico, nos las mandamos
despachar segund vereys (…) grand plazer oviéramos en la estada acá del dicho Adelantado, nuestro tío, porque
nos entendíamos mucho
seruir dél, pero por algunas cosas
complideras
a nuestro servicio
que de nuestra parte vos hablará,
nos le mandamos luego tornar
a esa ciudad, por tanto efetuosamente vos rrogamos e mandamos le dedes fee, commo a nos mismos …”.Tumbo, I,
43 (t.1º, p.86-96).También conceden a Alfonso Fernández Melgarejo el renunciar a su oficio
de veinticuatría en su hijo
o en otra persona “e porque
asy nos lo suplicó e pidió por merced don Pero Enrriques, nuestro
tío, Adelantado mayor del Andalucía, e del nuestro
Consejo…”. Tumbo, I, 371 (t.2º,
p.357-8). Incluso la reina
autoriza que Fdo de Baena, traspase
su veinticuatría, “por los serviçios que me avedes fecho,
e porque así me lo suplicó
e pidió por merced don Pero Enrriques, mi adelantado mayor del Andalucía
e del mi Consejo”.Tumbo, I, 227-8
(t.2º, p.118).
8.
Ver Documento 2.
9. A.D.M. S.A. 517. 1483-5-30.
10.
A.D.M. S.A. 24-7.
1483-9-25/26. En 1485-7-9,
los reyes le adjudican la heredad de Quintos, por 220.000 mrs., compra
que se efectúa el 23 del mismo
mes. A.D.M. S.A. 521 y 522.
En 1486-7-6 Pedro de Gallegos les vende 15 aranzadas de olivar y otros bienes de la heredad, por
75.000 mrs. A.D.M. S.A. 523. El 1486-8-4 Ana de Esquivel y sus hijos
les venden 50 aranzadas de olivar y otros bienes
de Quintos, por 250.000 mrs.A.D.M. S.A.
524. El 1487-1-22, Luis de Mesa, en nombre de los RRCC, les adjudica olivares,
casas y otros bienes de Quintos por 480.000 mrs, ante Diego Sánchez.
A.D.M. S.A. 525.
11. ARANDA BERNAL, Ana,“El origen de…, op. cit.
12.
AZCONA,Tarsicio, Isabel la Católica.vida y reinado. Madrid,
2004, p. 366. Con los
años la pareja tuvo más oportunidades de ir
adquiriendo esclavos cuyo número obviamente
varía según la fecha del documento en el que se citen,
pero a la muerte de doña Catalina en 1505, ascendía a sesenta y nueve,
valorados en un millón doscientos mil maravedíes. A.D.M S.A. 375, 016-035.
13.
LADERO, M. A., “Mercedes reales
en Granada”, Granada después
de la conquista. Repobladores y mudéjares. Granada, 1988, p.153.
14.
Cédula del
rey dirigida al bachiller Serrano para que
no se discutiese la posesión de don Pedro de 15 caballerías de tierras, 50 aranzadas de viñas y 20 de olivar.
A.D.M. S.A. 770, 28-46, 1492-1-20. El rey manda al juez de residencia deVélez-Málaga no consienta que los
arrendadores perjudiquen la posesión por
Catalina de Ribera
de cinco tiendas
en Torrox. A.D.M. S.A. 774, 28-50, 1495-7-22.
15.
En marzo de 1485.
Tumbo de los Reyes Católicos del Concejo de Sevilla (1474-1492),
4
tomos. 1ª ed. en Sevilla,
1968. 2ª ed.
Fundación Ramón Areces,
Madrid, 2007.
16.
Las almonas
de Sevilla y su arzobispado eran monopolio real
desde la conquista por Fernando III.
En el s. XV, Juan II las repartió
entre su primo
el infante don Juan, el condestable Álvaro
de Luna, el almirante Alfonso
Enríquez y el adelantado mayor de Castilla
Diego Gómez de Sandoval (sic).
A.D.M. S.A. 1830, 1423-7-20. María de Mendoza
(no es la madre
de doña Catalina
sino otra dama de la familia) vendió
una parte a su cuñado el almirante Alfonso Enríquez.
A.D.M., S.A., 1831, 1427-11-15. Años después, debido a
las luchas nobiliarias, se confiscó la parte de su sucesor
Fadrique Enríquez -padre
de don Pedro-, siéndole restituida por Enrique IV en abril
de 1455 GONZÁLEZ MORENO, J., Descubrimiento en Triana: las cuevas del
jabón. Sevilla, 1989, p.33. Después
de que su padre se la
cediera, Pedro Enríquez vendió
por 570.000 mrs., en 1469, a Juan Ponce
de León, conde
de Arcos, 30.000 mrs. de los 82.200 que tenía situados
por cada año en la renta de las jabonerías. SÁEZ, Liciniano, Demostración histórica del verdadero valor
de todas las monedas que corrían en Castilla durante el Reynado del
Señor Don Enrique
Iv:Y de su correspondencia con las del
señor D. Carlos Iv. Con un apéndice de instrumentos que justifican el valor de las mismas: noticia
de los precios de los granos..., Publicado por Impr. de Sancha, 1805,
pp. 443-444. Extraído por el autor
del archivo de la casa de Arcos.
Texto procedente de Universidad de Harvard, Digitalizado el 1 Ago
2007, 580 páginas.
Los RRCC concedieron a Pedro Enríquez un censo de 100.00
mrs. sobre las almonas del almojarifazgo de Sevilla. Era la confirmación de los antiguos privilegios otorgados por Juan II, ahora en la persona
de Pedro Enríquez.A.D.M., S.A., 795, 1485-12-20.
17. GONZÁLEZ MORENO, op. cit., p. 35.
18.
En la casa de Pedro Sánchez en Utrera se efectuó un registro a petición de Catalina
de Ribera hallándose tres arrobas de jabón. A.D.M., S.A., 50-25.
19.
Además de los Riberoles, Marco Castiglione aparece
con una tercera parte del arrendamiento. El hecho de que la seda no pudiera ser
carmesí indica el valor que alcanzaba
el teñido de ese color.
OTTE, Enrique, Sevilla
y sus mercaderes a fines de la Edad Media, Sevilla, 1996,
p. 67 a 71.
20.
(…) “E por cuanto yo he de haber a los Molares,
que los compré del dinero
que vendí las jabonerías, las cuales compré del Almirante mi señor y padre (…).Mando
a don Fernando, mi hijo, toda la parte que tengo en las jabonerías, y que después
de los días de doña Catalina haya las doscientas
maravedís de juro, y quiero que desta renta y de lo que rentare
lo que a don Fadrique
dejo se haya de allegar dinero para tornar
a comprar las jabonerías que yo vendí
y si el duque de Cádiz non quisiere
darlas, el
almirante las podría
sacar por nos hacer
merced por vía de su mayorazgo, y éstas quiero que haya, si a doña Catalina pluguiere, don Fernando nuestro
hijo, y si no a quien
ella pluguiere”. Fragmento del testamento de don Pedro Enríquez. A.D.M., S.A.,
5-35.
21. Doña Catalina compró
a Isabel Ponce
de León, hija
de don Juan Ponce de León, conde
de Arcos y señor de Marchena, 11.000
mrs de juro al año sobre las almonas
por 230.000 mrs.
Pedro Enríquez había vendido
ese juro a su padre y luego lo heredó su
hermano el duque
de Cádiz, que se lo donó a ella en 1471. E agora vos, “Dª Catalina
me rogastes que por quel señor adelantado en su testamento vos dejó encomendado que recobrásedes en
vos los dichos mrs. de juro, quel assí había vendido
al señor conde
mi padre, e que diesedes los mrs que por ellos él había recibido por ciertas cabsas e razones,
me pluguiese de vos dar e traspasar (…). E io mirando al debdo e amor que entre mi e vos Dª Catalina de Ribera hay, me plogue e place de recibir
los mrs que
montan los dichos
once mill mrs (…) por el buen debdo e amor que con vos
he, e por muchas honras e buenas obras que de vos he recibido e de cada un día recibo,
tantas e tales
que montan e valen
mucho más que non el valor
de la tal demasía si alguna oviese”. A.D.M. S.A. 50-11,
1492-4-13. Una parte
del juro anterior
había sido vendida
por Pedro Enríquez y Beatriz de Ribera en 1469-5-19 al conde de Arcos. Concretamente 30.000 mrs. de juro de heredad
en cada un año, de los 82.200
mrs. que tenían
situados en cada un año perpetuamente en la renta
de las jabonerías del jabón blanco
y prieto de Sevilla y su arzobispado. Por 570.000
mrs. que se les
pagaron en enríques y alfonsíes, que se contaron
“en la villa de Olivares, villa de doña María
de Mendoza” en 1469-6-30 (Extraído por el autor del archivo de la casa de Arcos).
SÁEZ, L., op. cit., pp. 443-444.
Por otro lado, en el testamento de Beatriz de Guzmán Enríquez
se funda una capellanía en el convento de San Francisco con 160.500 mrs de juro situado
en las almonas, que luego doña Catalina recupera.A.D.M. S.A. 50-3.A su vez, Francisco
Andrés de
Santa Clara, como patrono de esa capellanía, cedió el juro a doña Catalina. A.D.M. S.A. 50-14, 1493-4-3.
22.
Emplazamiento para que doña Catalina de Ribera (…) y su hijo don Fernando,
se presenten en el Consejo
para alegar su derecho en el pleito
que tratan con el procurador fiscal y promotor de la justicia, y con el recaudador del diezmo del aceite de Sevilla, sobre
el aceite que se descarga y vende en las jabonerías de Triana y Santiponce. Consejo.
ES.47161. AGS 1.1.31.1.1110.5
RGS, 149708, 127 (Medina del Campo) 1497-08-04. Y hasta que termine el pleito,
el tesorero y fiel de dicho diezmo
haga escribir en el libro
de su fieldad todos los aceites que se vendieren
y descargaren. Reyes. ES.47161. AGS 1.1.31.1.1110.5 RGS, 149708, 259 (Medina del Campo) 1497-08-10. En enero de 1504, doña
Catalina arrienda la fabricación de jabones a Francisco Riberol.Archivo de Protocolos Notariales de Sevilla. Of. 5, Leg. 3.222.
f. Suelto, entre el 49 y el 50.
23.
Requerimiento de Catalina de Ribera a los fieles ejecutores de Sevilla para que justifiquen los motivos de la baja de 2 mrs. en cada libra de jabón y del pregón
concediéndolo a cualquier vecino que lo pudiese
labrar a 5 mrs. A.D.M. S.A. 5-13, 1492-10-22.
24. OTTE, op. cit.,
p. 67.
25.
“…el mercader inglés
Johan Bagley y otros que quieren cargar
doscientos quintales de jabón blanco que tienen comprados a Dimitre Sauri en una nave
que está en el puerto
de Cádiz que es de Johan del Castillo que está fletada
para ir al puerto de Londres”. Para impedirlo
se da poder a “Johan de Brujas,
mercader inglés,
y a Pedro de Lugo para que puedan tomar los dicho jabones donde quiera que los hallaren, entrando en las carracas, carabelas, naos e navíos
con el lugarteniente o una guarda del Almirante en cada puerto”. A.D.M. S.A. 50-15, 1494-1-18.
26. OTTE, Enrique, Sevilla
y sus mercaderes a fines
de la Edad Media, Sevilla,
1996, pp. 211-215.
27. Ídem.
28. A.D.M. S.A., 5-35, 1491-11-30.
29.
MONTES ROMERO-CAMACHO, Isabel,
“Protagonismo sevillano en las aspiraciones de Juan I de Castilla
(1379-1390) al trono
de Portugal”, Revista da Facultade de Letras.
Historia. Universidade do Porto, nº 15, 1998, pp. 414-417.
Era habitual que los caballeros
Veinticuatro mandaran galeras.
SÁNCHEZ SAUS, Rafael, Las élites políticas bajo los Trastámara. Poder y sociedad
en la Sevilla del siglo xIv. Universidad de Sevilla, 2009,
pp. 70-71. COLLANTES DE TERÁN, Fco.,
Inventario de los Papeles del Mayordomazgo del siglo XIV, 1968,
pp. 44-45.
30.
ORTEGA GATO, Esteban,“Los Enríquez, almirantes de Castilla”, en Blasones y
Mayorazgos de Palencia, Publicaciones de la Institución Tello Téllez de Meneses, nº 3, 1950.
31. Ver Documento 1.
32.
OTTE, op. cit.,
p. 40. Constan relaciones de los Centurione y otros genoveses con tres de las grandes casas
productoras de cereales: Córdoba, Osuna y Enríquez.
33. LADERO, op. cit., p. 492.
34.
PALENCIA,Alonso de, Crónica de Enrique Iv, Ed. de Antonio
Paz y Melia. 3 vols., “Biblioteca de Autores Españoles”, 1975,
I, 26.
35. ARANDA BERNAL,“El origen de…”, op. cit.,
36.
“… sepades que don Pedro Enríquez
/ nuestro adelantado mayor de Andalucía,
nos envió / relación diciendo
que, enviando con la autorización nuestra,/ cierto trigo a
la ciudad de Génova, en una nao / de Vicente Yáñez, vecino
de Moguer, que Martín de la
Borda / vecino
de la villa de Fuente
Rabía, por fuerza
y contra / su voluntad, con una nao de armada,
le tomó e robó / el dicho
pan, dicho lo cual, diz que así pasase
e que el robo / causara mucho agravio e daño…”. ES.47161 AGS 1.1.31.1.1123.10 RGS, 148403, 57.
1484- 03-19, (Agreda).Tres años después,
en agradecimiento por haber acudido
al cerco de Málaga
por mar, los reyes otorgan a este marino,
entonces vecino de Lisboa, seguro
y permiso para que
pudiera recorrer los reinos de Castilla y Aragón con su carabela
y llevar mercaderías. ES.47161. AGS 1.1.31.1.1120.6 RGS, 148707, 28. 1487-07-12, (Real
de Málaga).
37. Ver Documento 3.
38. Ver Documento 4.
39. OTTE, op. cit.,
p. 108.
40.
OTTE, op. cit.,
p. 187.AZNARVALLEJO, Eduardo:“Marinos vascos
en la guerra naval de Andalucía durante el siglo XV”, Itsas Memoria.
Revista de Estudios
Marítimos del País vasco, 5, Untzi Museoa-Museo Naval, Donostia-San Sebastián, 2006, pp. 41-52. ES.47161. AGS, 1.1.31.1.1123.11 RGS, 148402,
214. 1484-02-15 (Tarazona).
41.
El Consejo
se dirige a las justicias para que, a petición de los mercaderes Francisco y Bautista
Pinelo, genoveses, habitantes en Sevilla, informen sobre unos cargamentos que se vendieron
en Bilbao y les fueron
robados por dos naves francesas cuando
se dirigían a Flandes. ES.47161. AGS, 1.1.31.1.1124.1 RGS, 148312, 218. 1483-12-10, (Vitoria).
42.
OTTE, op. cit.,
pp. 124 y 155. La rocella canariensis es un liquen conocido como orchilla del que se extrae un colorante natural
utilizado para teñir
en color púrpura.Aunque
mediocre, fue muy utilizado en los paños genoveses y venecianos durante
el siglo XV. Se encuentra en los acantilados de las islas Canarias y de la Berbería atlántica. La hierba pastel o Isatis tinctoria, fue el colorante azul índigo más
común durante la edad media,
el típico añil mediterráneo usado
por los tintoreros. Más
tarde también se cultivó en Canarias.
43.
Los productos
comerciados eran, en primer lugar,
el aceite a Flandes, Londres y Génova. Después los cereales con licencia de saca, destinados a Vascongadas, Lisboa
y Génova. En tercer lugar el vino de la Sierra
y del Aljarafe, nunca era
carga única e iba
Canarias, costa cantábrica y Lisboa. Finalmente y por este orden, fruta,
lana, loza y cerámica.
OTTE, op. cit., p. 115.
44. Ver Documento 5.
45. OTTE, op. cit.,
p. 114.
46. Ver Documento 5.
47. OTTE, op. cit.,
p. 112.
48. ARANDA BERNAL, Ana,“Una Mendoza en…”, op. cit.
49. Ver Documento 5.
50. Ver Documento 6.
51.
La finca
se vendió el 30 de mayo de 1493
con sus suertes,
dehesas, árboles, casa principal, palomares, un molino
de pan llevar en ella y otra fuera, cerca
«a la alcantarilla de San Bernardo», más las casas y mesones
situados en la Huerta y en sus cercanías, los «almorrones» anexos,
las viñas, majuelos
y tierras calmas
próximas del «pago
del Monegro», el agua
que venía a la Huerta
por los «caños
de Carmona» y los «caños
de Ataxea», y los once «excusados» que tenía por privilegio la Huerta. Más la «huerta
nueva» frente a la ermita de San Bernardo, y la ollería,
que estaban obligadas
a un tributo de 1.100 maravedíes y das pares de
gallinas, y otros
tributos de 1.050 maravedíes y 3 pares
de gallinas, y de 8000 maravedíes y 4 pares de gallinas, de unas huertas
próximas, y otros
331 maravedíes de tributos de las «eras y
silas» que de antiguo estaban
anejas a la Huerta. Su propietario anterior
era el regidor Juan de Monsalve. RAU, Salazar
9/849, fols. 103-104. Sevilla. LADERO,
op. cit., p. 476.
52. A.D.M. S.A. 61-34, 1496-2-20.
53.
LADERO
QUESADA, M. A., “Donadíos en Sevilla. Algunas notas sobre el
régimen de la tierra hacia
1500”, Archivo Hispalense, 181
(1976), pp.19-91.
54.
Doña Catalina compra heredades en Utrera por valor de 5.500.000 mrs. Son los
donadíos de Gómez Cardeña, el Alguacil, el Zarracatín y la Vega de Vergel.
Eran de doña Beatriz Malaver, viuda
de Alfonso de las Casas,
fiel ejecutor de Sevilla, y sus hijos.
A.D.M. S.A. 31-60, 1494-5-14.
55. A.D.M. S.A., 28-72 1222 510-515. 796. 1494-7-10.
56. AZCONA,T., op. cit.,
p.568.
57. Ver Documento 7.
ANEXO
DOCUMENTAL
DOCUMENTO 1.
ES.47161.AGS/1.1.31.1.1130.3//RGS,147610,685.
1476-10-23, (Palenzuela).
Carta en la que
el rey se dirige
al almirante mayor, a los alcaldes y guardas de sacas
y al concejo y vecinos
de la ciudad de Sevilla
para que permitan
a D. Pedro Enríquez,
sacar de dicho reino ciertos cahices
de trigo.TRANSCRIPCIÓN:
“…
es mi orden
y voluntad, por
algunas cosas a mí señaladas que don Pedro
Enríquez, mi tío, adelantado mayor del Andalucía, por vida saca y saque, él o quien su poder hubiere,
por cualesquier puertos y playas
(…) de este dicho arzobispado e obispado (…) el o el cual
dicho su poder hubiere, así por mar
como por tierra
en cualesquier naos
y carabelas y otras cualesquier hasta que él quisiere, e por bien cargare quinientos cahices de trigo de lo suyo y de sus rentas e de otras cualquier o cualesquier personas
que el quisiere e por bien tuviere,
e por la lana e porcelana al reino
de valencia o al principado de Cataluña, o a otros cualesquier puertos
e lugares que él quisiere
en estos dichos mis reinos y señoríos como ir fuera de ellos
con tanto que sea no pueda llevar
ni lleve a tierra
de moros, ni a los reinos
de Francia y Portugal. Los cuales dichos quinientos cahices de trigo pueda sacar e saque
francos e libres
e exentos de todos derechos que a mi pertenezcan o pertenecer
pueden y deben, por razón de la dicha saca, o e otra cualquier manera,
o por cualquier renta que sea o ser pueda,
por que vos mando a todos e a cada uno de vos…”.
DOCUMENTO 2.
ES.47161.AGS/1.1.31.1.1128.7//RGS,147906,3.
1479-06-02, (Trujillo).
‘Merced [a Pedro Enríquez, adelantado mayor de Andalucía] de todos los moros e moras mudéjares que se pasaren
de los reinos de Castilla a tierra de moros, e todos sus bienes’. Reyes.TRANSCRIPCIÓN:
“Don
Fernando y doña Isabel, reyes, porque
nos somos informados que muchos de los moros y
moras mudéjares de estos nuestros reinos, se han ido e pasado e van e pasan
de cada día,
así por mar como por tierra, al reino de Granada y de allende
por otras partes
y lugares de moros,
que llevan consigo canastos y carretas y ganados y otras cosas
y no solamente esto, más aún procuran
de llevar consigo, en ganados,
algunos cristianos, e por que lo tal es deservicio de dios e nuestro e en daño de nuestros reinos
e, según dicho e leyes de ellos,
los tales moros y moras que así se van son e cautivos nuestros
e de todo lo que tienen, e pertenece todo a nos e a nuestra cámara e fisco
en ello como
rey y reina e señores
pertenece proveer nuestras
mercedes de mandar
guarda e que de aquí
adelante se no pasen ni vayan a ninguna
parte fuera de los dichos
nuestros reinos,
y que si fueren y pasaren, sean
en ellos y en sus bienes ejecutadas las penas contenidas en las dichas
leyes. Por ende y por hacer bien e merced a vos, don Pedro Enríquez,
mi adelantado mayor del reino de
Andalucía, por la presente vos damos merced
para que vos o quien
vuestro poder hubiere,
podades tener
e tengades cargo
de (ilegible) que
los dichos moros
se no vayan en pasar fuera
de estos dichos nuestros reinos, ni lleven los dichos ganados,
y que si fueran por mar o por tierra,
vos o los que el dicho
vuestro poder hubieren, que los podades resistir
e resistades, e los tomar e tomedes, e por la presente vos facemos merced, gracia
y donación y no revocable de todos los dichos moros
y moras y cosas segund dichas que llevaren, por vos y los que el dicho
vuestro poder hubieren
(…).
DOCUMENTO 3.
ES.47161.AGS/1.1.31.1.1122.11//RGS,148502,225.
1485-02-07, (Sevilla).
Incitativa de los reyes al corregidor de Vizcaya, para
que haga cumplir
a Rodrigo de la Ruaraya, notario, vecino
de Ondárroa, un contrato que tienen firmado
con don Pedro Enríquez:.TRANSCRIPCIÓN:
“… don Pedro Enríquez / nuestro
adelantado mayor de la frontera
/ nos fizo relación por su petición que ante / nos en el nuestro consejo
fue presentado diciendo
/ que Rodrigo de la Ruaraya, notario e vecino / de la villa de Undarrua, se debe
e es obligado / a le dar e pagar
por contrato público, seiscientos / e cincuenta ducados e citamos
/ a que los plazos
en el dicho contrato / contenidos son presentados e por que / las justicias de la dicha
villa de Ondarrua / dis que son presentes o por buenos
e muy afracionados / al dicho Rodrigo de la renta / no ha sido escriturado
el dicho contrato / en lo cual, él dis que ha retraído
y son de agravamiento y daño, e más suplicó
/ e pidió por merced que el…”.
DOCUMENTO 4.
AGS
ES.47161.AGS/1.1.31.1.1120.7//RGS,148706,94.1487-06-17,(Tordesillas).
Comisión del Condestable y Consejo al corregidor de Vizcaya, a petición de d. Pedro Enríquez, que protesta
en unión de Bautista Pinelo,
genovés y factor del citado
adelantado, de haber sido asaltada una nave cargada con mercancías que iba a Génova.
TRANSCRIPCIÓN:
“…
nos hizo relación por su petición, diciendo que el dicho adelantado y Bautista Pinelo,
genovés / como su factor
del dicho adelantado, envió cargado / de muchas mercaderías de / diversas maneras en una nao llamada de / la Reina de que a la sazón
era señor e capitán / Gonzalo de Deva, asturiano.A la cual / con los marineros e gentes que con él iban había / de la mar la dicha nao
desde el reino de Andalucía hasta Génova (…) las cuales
mercaderías / diz que podían valer hasta ocho mil / ducados e diz que el dicho
capitán y marineros / e las otras gentes
que con el iban
(…) concertaron con Juan Ruiz / que a la sazón estaba en el dicho reino / de Andalucía con una nao suya e con ciertos
/ marineros e gentes para que después
que / fuese la dicha
nao llamada de la Reina
partida / para
Génova, la siguiese
el dicho Juan
Ruyz e su / gente
que en la dicha
nao tenía e que la tomase e // despojase e que así tomada e despojada la dicha / nao, partieran a medias las
dichas dos naos
e / los dichos dos
capitanes y gentes
que en ellas
iban / las dichas mercaderías de dicho
adelantado / e fecho e concertado el dicho trato
e partida la dicha / nao
llamada de la Reina cargada de las / dichas mercaderías, tomase vía e partida a
/ Génova. El dicho
Gonzalo de Deva
e los marineros / e gentes que con el iban (…) dicen que por el contrato
que habían hecho / estando
la dicha nao en el puerto de la ciudad
/ de Ibiza llegó el dicho Juan Ruiz e los / marineros e gentes que con el iban y de fecho
/ la dicha nao llamada
de la Reina / la tomaron en su poder
sin que los dichos Gonzalo
/ de Deva y sus gentes pusieran
resistencia / alguna, lo cual
diz que hicieron por el trato
/ e concierto que tenían
hecho e diz que así se fueron
/ al mar las dichas
naos con las dichas mercaderías / hasta la ciudad de Mallorca e diz que allí /
repartieron las dichas
mercaderías de dicho
/ adelantado, de manera que así las gentes / de la una
nao como de la otra hubieron las dichas / mercaderías las repartieron entre si por / el dicho trato
e concierto que así entre ellos / habían pasado. Lo cual diz que fue e es cosa muy fea / e digna
de castigo e punición (…).
DOCUMENTO 5.
AGS ES.47161.AGS/1.1.31.1.1113.2//RGS,149411,345. 1494-11-13,
(Madrid).
El Consejo
manda al corregidor de Málaga que se devuelva
a doña Catalina de Ribera una nave perteneciente a su esposo
que, al llegar
al Algarbe en 1489, fue apresada por el corsario francés San Germán,
y ahora ha sido tomada
por el preboste
de Fuenterrabía.TRANSCRIPCIÓN:
“…
Sepades que Juan Sánchez / de Çimata, en nombre de doña Catalina
de Ribera / mujer
que fue de don Pedro
Enríquez, nuestro adelantado / mayor de la Andalucía, nos fizo relación por su / petición
ante nos en el nuestro
consejo presente, diciendo
que / el dicho adelantado tenía un navío de hasta sesenta / toneles llamado
Santa María de Concepción, del que / era
maestre Pedro de Sevilla, vecino
de Sevilla / e dis que viniendo el dicho navío
con todos sus aparejos / de las
islas de Canarias, cargado de mercaderías / hasta dicha
ciudad de Sevilla,
el año pasado / del ochenta
y nueve, en el mes de septiembre del dicho / año, fue tomado
en el Algarbe de Portugal / sobre faro de un corsario francés
llamado Sant / Germán. E dis que agora otro francés
corsario / yendo de armada
con el dicho navío robado
en estos / vuestros mares
de España, fue tomado en la costa / de Granada por el preboste
de Fuenterrabía / el cual preboste llevó
la dicha nao e capitán e / gente
della a la dicha ciudad
de Málaga e lo entregó todo a vos el dicho
nuestro corregidor, el cual capitán / fue traído
por vos hasta nuestra corte
e la // dicha nao y capitán
de ella
quedaron en la ciudad / de Málaga.
Por ende que nos suplicaba / e pedía
por merced que, ante todo esto, mandásemos / poner la dicha nao en otro
puerto / do estuviese segura,
(…) / y que
opinando la dicha / doña Catalina ser en ella la / misma nao que era del dicho / adelantado, que la mandásemos / volver con todos sus aparejos / e en sobre todo, le pusiésemos de remedio con justicia o como la nuestra merced
fuese. E nos / tuvímoslo por bien. Por que vos mando que luego
/ fagáis llevar la dicha nao a puerto do esté / segura e a buen recaudo e en el negocio / principal
de la dicha
nao, (…) / fagáis cumplimiento / de justicia
a la dicha doña Catalina
(fórmulas).
DOCUMENTO 6.
ES.47161. AGS/ 1.1.31.1.1113.1.//RGS, 149412, 194.
1494-12-21 (Madrid).
A los alcaldes de Casa y Corte y a Juan
Alonso Serrano, corregidor de Málaga, para que entreguen unos franceses que
estaban presos y los bienes
que les fueron
tomados de una carabela, a fin de llevarles a Valencia
para que Andrés
Castellano se satisfaga de los daños
por él sufridos, quedando a salvo los derechos de doña Catalina
de Ribera.-
Consejo.TRANSCRIPCIÓN:
“… Sabedes cómo a causa de algunos robos
e males / e daños
que se decía que Nicolás Gues y Nicolás Griego / franceses,
capitanes que andaban de armada por los mares / fasta a nuestros súbditos
y naturales, por (…) el preboste / de Fuenterrabía, fue tomado el dicho Nicolao Gues, francés / e su carabela con las personas
e todos los bienes que en la dicha carabela
traían, lo cual todo está depositado en poder / de vos, el dicho nuestro
corregidor, excepto la persona de dicho
Nicolao / Gues, francés,
que fue traído a nuestra
costa e se entregó en las / dichas nuestras cárceles, a los cuales
mandamos hacer cierta
/ información (…) en la dicha ciudad
/ de Málaga (…) fue averiguado que el dicho / Nicolás
francés e las personas que con él andaban por la / mar
en la dicha carabela, eran en culpa y cargo de los dichos / robos y daños que se habían hecho a los
dichos nuestros súbditos
/ y naturales, en compañía
de la dicha nao de dicho Nicolás
/ Griego e porque asimismo y
entre las otras personas / damnificadas por los dichos franceses, parece que
fue robado / y damnificado Andrés Castellano, vecino de la ciudad / de valencia, en cierta suma de
mercaderías y mrs. / El cual nos suplicó
y pidió por merced que le mandásemos / entregar en la
dicha carabela y mercaderías (…).
Fue
acordado que le fuese entregado el dicho / Nicolao Gues, francés,
con todas / las personas e bienes
que fue / fallado en la dicha
carabela, para que le fuese
satisfecho / y pagado de robo que le
había sido hecho
e dándose / seguridad y obligación. Para que las personas nuestros / súbditos que habían sido damnificados de los dichos / franceses fuesen asimismo
satisfechos y pagados / de los dichos franceses de los bienes que
les fueron tomados (…).
E porque por
parte de doña
Catalina de / Ribera, mujer
que fue del
adelantado don Pedro Enríquez, / se denunció
ser suya la dicha carabela, enviamos / mandar
a vos, el dicho corregidor,
que la ficiésedes poner / en buen puerto
seguro e a buen recaudo, e llamadas / e oídas
las partes hiciésedes lo que fuese justicia / y en caso que se fallase
por justicia que la dicha carabela no /
perteneciese a la dicha doña Catalina e que perteneciese al dicho / Nicolao Gues, francés, que
sea también entregada al dicho
/ Andrés Castellano con los otros
bienes, para que de todo se /
satisfagan los dichos damnificados como dicho es. / E por el dicho Andrés Castellano, se obligó a todo / lo
susodicho, e dio satisfacción ante los alcaldes (…).
Y en caso que parezca que la dicha carabela
e aparejos e bienes / es de la dicha
doña Catalina, que la fagáis entregar
libre / mente,
lo cual vos mandamos que así fagades e cumplides
/ sin poner en
ello excusa ni dilación (…).
DOCUMENTO 7.
Archivo de Protocolos Notariales de Sevilla. Of. 5, Leg. 3.222. folios
sueltos. 1503.
Documento en el que se relacionan los privilegios de juros y de por vida situados en los almojarifazgos de Sevilla, Jerez,
Cádiz, el Condado,
Málaga, Almería, Gibraltar y el Reino de Murcia.
TRANSCRIPCIÓN:
Monta
el cargo del almojarifazgo de Sevilla, con los otros almojarifazgos de Jerez y Cádiz y el Condado
y Málaga y Almería y Gibraltar y el Reino
de Murcia con todo lo que le pertenece el año de mil y quinientos y tres años, doce cuentos y ciento y veinte y seis mil y doscientos y quince mr. (12.126.215 mr)
Data y des() del dicho
oficio
Que se encabeza con la renta de los cueros al pelo por los diputados de la carne el dicho año
de quinientos y tres años en ciento
y sesenta y dos mil e seis cientos
y ocho mr. (162.608
mr.)
Que se encabeza con la renta de la alcabala
de sebo y unto el dicho año de quinientos y tres años por los diputados de la carne
en veinte y tres mil y cuatrocientos y sesenta y ocho mr.
Suspensiones
Que suspenden sus altezas por los almojarifazgos del marquesado de villena. Sesenta y cinco mil mr.
Los privilegios de juros y por vida
Que hay de privilegios de juro y de por vida en los dichos
almojarifazgos seis cuentos
y siete cientos y cuarenta y siete mil y cuatrocientos y setenta y siete mr… (6.747.477 mr).
A la Santa
Iglesia de Sevilla por un privilegio de juro |
246.450 |
|
Mas a la santa iglesia de Sevilla por otro
privilegio de juro |
49.200 |
|
A la mesa arzobispal de Sevilla por otro privilegio
de juro |
67.000 |
|
A Santa María de las Cuevas, juro |
31.500 |
|
A la mesa arzobispal de Cádiz |
24.000 |
|
A los capellanes de la capilla de los Reyes de juro |
15.650 |
|
A Santa Clara de Sevilla de juro |
2.000 |
|
Al monasterio de San Francisco de Sevilla 11.000 de
juro, |
|
|
e por él a Santa
Clara de Sevilla |
11.000 |
|
Al hospital del cardenal de juro |
20.000 |
|
Al monasterio de Santa María de Guadalupe de juro |
45.000 |
|
A don Álvaro de Portugal 60.000 de juro que compró
de |
|
|
las monjas de Santa Clara de Zafra |
60.000 |
|
// |
|
|
Al monasterio de San Leandro de Sevilla 5.000 (¿)
de trigo |
|
|
(¿) a la fanega e mas en
dineros de juro |
5.000 |
|
Al monasterio de con?? De Palencia de
juro |
30.000 |
|
Al monasterio de Santa María de la Merced de
Sevilla de juro |
1.260 |
|
Al monasterio de Santa María de Gracia de Carmona
de juro |
54.000 |
|
Al monasterio de Santa Inés de Sevilla de juro |
1.200 |
|
Al monasterio de San Isidro por frey Pedro de Toro |
10.000 |
|
Al monasterio de Santa Clara de Carmona de juro |
10.000 |
|
Al monasterio de monjas de Santo Domingo de Real de
Toledo de juro |
7.500 |
|
A los herederos de don Alfonso de Castilla, juro |
50.000 |
|
A don Pedro Portocarrero, juro |
10.000 |
|
A don Iñigo de Mendoza, juro |
22.000 |
|
A los herederos de Diego de Guzmán, juro |
30.000 |
|
Al ¿? Martín Fernández Galindo, juro |
65.575 |
|
Al tesorero Luis de Medina, juro |
1.000 |
|
Antón de Mesa trinchante, juro |
10.000 |
|
A su mujer y
herederos de Juan de Arévalo, juro |
17.000 |
|
A su mujer de Grº
fº Gsº, juro |
2.000 |
|
A Pedro Cerezo juro |
3.500 |
|
A los herederos de doña Isabel de Stuñiga duquesa de alm.. juro |
69. 590 |
|
A doña Catalina de Ribera mujer del adelantado don
Pedro |
|
|
Manríquez (sic) de juro y de por vida |
461.500 |
|
A don Fadrique Enríquez su hijo
y por el a Martín
Fernándezde
por vida |
3.000 |
|
// |
|
|
A doña Isabel de Bobadilla de juro |
50.000 |
|
A Diego García de Inestrosa
por vida |
20.000 |
|
A doña Isabel de Ayala por vida |
30.000 |
|
Al señor conde de Cifuentes, juro |
10.000 |
|
A la prioresa de la Madre de Dios de Toledo, juro |
25.000 |
|
Al mariscal Gonzalo de Sayavedra
de juro |
80.000 |
|
Al dicho señor mariscal por otro privilegio de juro |
60.147 |
|
Al señor conde de Cifuentes de juro |
24.000 |
|
A Pedro de Ayala comenddor
de Paracuellos de juro |
7.500 |
|
A doña Isabel Enríquez marquesa de Montemayor por
vida |
200.000 |
|
A Juan de valterra por
vida |
20.000 |
|
A Juan (¿) de Algarneria
de por vida |
60.000 |
|
A doña María de velasco
mujer del almirante de por vida |
250.000 |
|
A don Manuel Ponce de León conde de Arcos por dos
privilegios juro |
428.571 |
|
Al señor don Álvaro de Portugal presidente de –
juro |
285.714 |
|
A Aº de Medina por vida |
25.000 |
|
A la reina de Portugal por vida |
2.500.000 |
|
Al duque de Medina de juro |
1.100.000 |
|
En pers |
|
|
Al duque de (¿) de juro |
32.000 |
|
A Fernando de Mambrera
juro |
10.000 |
|
Murcia |
|
|
A los abades y cabildo y obispo de Murcia de juro |
102.750 |
|
Al adelantado don Juan Chacón de juro |
60.000 |
|
A santa Clara de Murcia |
2.000 |
|
// |
|
|
Libranzas en todo el almoxarifazgo |
|
|
A Martín de Tavara por
libramiento de sus altesas |
100.000 |
|
A Beatriz de Quesada por libramiento de sus altesas |
10.000 |
|
A Cristóbal vasques corregidor de Cadis
por libramiento de
sus altesas |
40.000 |
|
Al tesorero Alfonso Gutierres para pagarlas ¿ almoxarifazgo de Murcia |
1.000.000 |
|
A Francisco de Santa Cruz por libramiento de sus altesas |
10.000 |
|
Que suspenden más sus altezas un cuento de mrs para que se |
|
|
paguen en este año de quinientos y cuatro años |
1.000.000 |
|
Que se descuentan y hacen descuento sus altezas por
la guerra |
|
|
de Granada y por los otros daños y servicios en el
dicho año |
|
|
pasadosegún lo nomine el
señor Hernando Zapata y Rodrigo |
|
|
de Cordoba almoxarifes |
740.000 |
|
(continúa). |
|
|