Cambios en la normativa sobre el progreso y permanencia del alumnado de Grado para el curso 2020/2021

Según Resolución rectoral del 6 de julio no será de aplicación, en lo que hace al curso 2020/2021, lo dispuesto en los apartados 1 y 3 del art. 5 de la norma de Progreso y Permanencia, que determina que los estudiantes que no hayan superado 18 créditos (TC) o 6 créditos (TP) durante el curso 2019/2020 no podrán proseguir los estudios en la titulación en la que estén matriculados y que los estudiantes que no hayan superado una asignatura tras haber estado matriculado en cuatro ocasiones, no podrán volver a matricularse.