Salidas Profesionales y Académicas

El Policía, además de relacionarse con grupos de riesgo tanto desde el punto de vista delictivo como victimológico (marginados, menores, mujeres, reincidentes), debe atender a los requerimientos del sistema que desde el punto de vista criminalístico le exige la aportación de las pruebas y los datos que permita la formación del juicio de la autoridad judicial. Conviene resaltar que la mayoría de países de nuestro entorno cuentan con un elevado número de miembros de sus Fuerzas y Cuerpos de Seguridad titulados en Criminología, siendo Alemania el que figura a la cabeza con casi un 70% de los Policías formados en esta ciencia.

Desde el punto de vista profesional la oferta del Grado en Criminología implicaría que ya no sería necesario y obligatorio -aunque sigan abiertas las mismas vías de acceso actualmente existentes en función de la titulación académica- que los aspirantes a ingresar en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado estudiasen disciplinas varias sin la más mínima conexión con lo policial, simplemente con el único fin de lograr un nivel académico que les permita ingresar en la Escala Superior (Grupo A). Así, al que accediera a la profesión por una vocación policial se le ofrecería la opción de especializarse mediante el Grado en Criminología, mediante una formación ad hoc que posteriormente le será de plena aplicación en el ámbito policial, beneficiándose tanto él como el colectivo al que sirve.

El gran número de funciones que ha de realizar el Juez de Vigilancia Penitenciaria está provocando que éste no pueda, ni aun poniendo todo el esfuerzo por su parte, llevarlas a cabo de la forma pormenorizada e individualizada que el ordenamiento jurídico requiere a la práctica totalidad de sus decisiones. La existencia de la figura del criminólogo, por sí sólo o coordinando equipos de especialistas, mejoraría, indudablemente, el cumplimiento de este cometido por los Jueces de Vigilancia Penitenciaria. Se daría respuesta así a los retos que plantea el control riguroso de una actividad que es cada día más compleja, por la aplicación de los principios de individualización científica y de flexibilidad en el sistema progresivo. De este modo, aspectos tales, como la clasificación penitenciaria, la concesión de beneficios penitenciarios, o el seguimiento de delincuentes peligrosos a la hora de valorar el mantenimiento de medidas de libertad vigiladas y otras, se verían dotadas de mucho mayor rigor si se viesen acompañadas del estudio y el informe de la figura del criminólogo. De hecho, en algunos países con tradición criminológica resulta habitual que el Juez o el Tribunal fundamente su sentencia en un informe criminológico. Es decir, preparado por una persona que ha obtenido una titulación universitaria superior en una ciencia multidisciplinar que pueda enfocar la problemática del delito en general, y su aplicación clínica concreta, desde un punto de vista científico e integral. Lo cierto es que el vigente Código Penal en España se refiere a 'informes de expertos' para asistir al Juez o Tribunal, con lo que incluso existe una puerta abierta para que los Jueces y Magistrados soliciten informes a los criminólogos, y así se ha hecho en algunos casos. Por otra parte, parece lógico pensar que los criminólogos tendrán que integrarse necesariamente en los Equipos Técnicos y en las Juntas de Tratamiento propias del ámbito penitenciario, para estudiar la información penal, procesal y penitenciaria del interno (efectuando una valoración criminológica que resulta esencial para su clasificación y tratamiento), para hacer la propuesta global de diagnóstico criminológico, para proponer la programación de tratamiento, etc.

Como experto en la conducta delictiva y en la conducta desviada, el criminólogo está especialmente capacitado para la actuación en el ámbito victimológico, una importante disciplina criminológica. En un primer nivel, las Oficinas de Asistencia a las Víctimas deben cumplir una función esencial, puesto que la formación de los profesionales que en ella participan va dirigida -entre otros- a ese fin de atención primaria. La víctima necesita un interlocutor válido que le escuche, responda a sus inquietudes y restablezca su equilibrio emocional. En un segundo nivel, tales Oficinas deben actuar como importante factor preventivo al desarrollar una intervención en crisis y anular o disminuir las posibilidades de instauración de un trauma psicológico. En un tercer nivel, las Oficina de Asistencia a las Víctimas deben velar porque los derechos sustantivos y procesales de éstas sean reconocidos y respetados. De acuerdo con todo ello, los profesionales indispensables para realizar tales labores deberán tener una formación criminológica y, en este sentido, el Servicio de Atención a la Víctima puesto en marcha por la Junta de Andalucía ha sido pionero en exigir la formación criminológica a los trabajadores de mismo, siendo fundamental que la labor de la Oficina se realice bajo la dirección de un criminólogo, puesto que es éste quien podrá organizar todos los datos aportados por el resto del equipo y darles un sentido integrador y de unidad. Por otra parte, también resultará muy importante la intervención del criminólogo en la mediación, tanto penal como extrapenal.

El criminólogo ha de estar presente en todos los niveles de la Administración Pública (desde el nacional hasta el local, pasando por el autonómico) para actuar profesionalmente, en aspectos tales como los del tratamiento y prevención de la violencia escolar, de la marginalidad y la marginación, de la mendicidad y la prostitución, en la problemática delincuencial y victimológica de la inmigración, en el asesoramiento criminológico del diseño urbanístico, o en la elaboración de estrategias y aplicación de técnicas relacionadas con las concretas políticas criminales y de seguridad. Es a la política criminal a la que corresponde transformar la información sobre la realidad del crimen ofrecida por la Criminología, mediante la elaboración de opciones, alternativas y programas científicos, desde una óptica valorativa que permita la adopción de decisiones estratégicas adecuadas en la lucha contra el delito. Resulta evidente, según se desprende de todo lo anterior, que la participación profesional del criminólogo -como único experto con visión integral y multidisciplinar del entorno del delito- es imprescindible en los diferentes gabinetes en que han de elaborarse las políticas criminales más adecuadas a cada uno de los diferentes aspectos delincuenciales -tanto generales como especiales-, políticas que además precisan adaptarse a cada una de las diferentes épocas y tipos de criminalidad que las transformaciones sociales van originando. El criminólogo, por consiguiente, se convertirá en un importante asesor de instituciones como el Parlamento o incluso los Ayuntamientos a la hora de adoptar medidas de prevención de la delincuencia, al poder informarle sobre las distintas políticas -no solo penales, sino de todo orden- que se pueden adoptar frente a los fenómenos delictivos y al estar capacitados también para evaluar el verdadero impacto de las políticas que finalmente se hubiesen adoptado.

La actuación profesional del criminólogo en el ámbito del enjuiciamiento para, suministrar a la autoridad judicial conocimientos científicos sobre los hechos delictivos enjuiciados, gracias a sus conocimientos en materia forense, resulta incuestionable. Aspectos tales, como la personalidad del autor, los factores o elementos criminógenos presentes, las explicaciones criminológicas posibles, el tipo de respuesta aplicable o incluso el asesoramiento sobre los cada vez más complejos y desconocidos medios de prueba, resultan materias en las que la labor de asesoramiento del criminólogo respecto al Juez, parece esencial. Especial importancia tendrá su papel en la Justicia de menores; ámbito en el que la actividad del criminólogo permitirá confeccionar informes sobre la situación criminológica del menor, así como sobre su entorno, lo que resultará esencial a la hora de elegir la medida adecuada para su tratamiento, así como para realizar pronósticos fundados sobre la posibilidad de conductas inclinadas al inicio de una futura carrera delictiva. También parece innegable que el criminólogo está llamado a jugar un papel esencial en el tratamiento del complejo fenómeno de la violencia de género; fenómeno en el que podrá asesorar a los Juzgados especializados en dicha materia, entre otras cosas, sobre las concretas medidas que debería adoptar a la hora de garantizar la seguridad de las víctimas de esta grave lacra social. En definitiva, y a modo de conclusión, podemos afirmar que lo anteriormente expuesto pone de manifiesto que existen múltiples entidades públicas y privadas que estarán interesadas en contar con un personal que reúna la formación que pretende otorgar el Grado de Criminología solicitado, lo que a su vez permitirá realizar una programación de prácticas externas en instituciones y entidades públicas o privadas que permitirán completar la formación académica de su alumnado, estableciendo puentes de comunicación entre la universidad y las entidades del sector que facilitarán el futuro acceso al mercado laboral de dichos alumnos.

Másteres Universitarios:

  • Máster Universitario en Criminología y Ciencias Forenses
  • Máster Universitario en Estudios Socio-Políticos
  • Máster Universitario en Consultoría, Análisis y Pensamiento Político