Código ético y compromiso igualdad

1. Ámbito de la revista y financiación.

1.1. Ámbito de la revista.

«Lex Social, Revista de Derechos Sociales» es una revista científica de ámbito internacional que pretende fomentar la reflexión y la investigación multidisciplinar sobre los derechos sociales como publicación que busca la máxima excelencia internacional.

Publica dos números anualmente. El acceso es abierto y gratuito.

Los manuscritos pueden ser escritos en español, inglés, francés o italiano. Deben ser el resultado de investigaciones originales sobre el ámbito material de la revista mencionado. También se incluyen comentarios o reflexiones de expertos/as o personalidades que han desarrollado responsabilidades en organismos internacionales así como reseñas de publicaciones científicas. 

Los principios y compromisos éticos de la revista están basados principalmente en las políticas de actuación de Elsevier, así como en las pautas o buenas prácticas recomendadas del Comité de Ética de Publicaciones (COPE), dirigido tanto a editores/as como a revisores/as y autores/as.

1.2. Financiación.

Lex Social, Revista de Derechos Sociales es editada por la Universidad Pablo de Olavide. Únicamente cuenta con el apoyo de la entidad aludida.

2. Organización de la Revista.

2.1. Órganos.

Lex Social, Revista de Derechos Sociales  cuenta con un Equipo editorial conformado por una Dirección, una Secretaria General, un Consejo de Redacción, un Consejo Asesor y un Consejo de Evaluación.

El Consejo de Redacción está integrado por profesores/as y expertos/as nacionales y extranjeros especialidados en el ámbito del Derecho. Su cometido es el de ayudar y asesorar acerca de la publicación de los manuscritos recibidos. Igualmente, son consultados sobre cuestiones relevantes que surjan en torno al funcionamiento, mejoras y decisiones de la Revista.

El Consejo Asesor está conformado por profesores/as y expertos/as nacionales y extranjeros en el ámbito del Derecho. A solicitud de la Dirección de la Revista pueden ayudar y asesorar acerca de la publicación de los manuscritos recibidos, evaluar manuscritos recibidos y proponer evaluadores/as  por la temática que aborden. 

El Consejo de Redacción, al igual que el Consejo Asesor, es designado por la Dirección y Secretaria General de la Revista de entre profesores/as y/o profesionales de reconocido prestigio. Un posible cese se adoptará en los mismos términos.

2.2. Obligaciones y principios de la Dirección de la Revista.

La Dirección de la Revista se compromete a:

  1. Velar por la continua mejora de la Revista;
  2. Asegurar la calidad de los artículos que se publican;
  3. Mantener la integridad académica y científica del contenido de la Revista;
  4. Respetar la libertad de expresión;
  5. Estar dispuesta a publicar las correcciones, en el caso de que se detecten errores, así como a retractaciones, y disculpas que en su caso sean necesarias.
  6. Preservar el anonimato de los/las evaluadores/as designados en cada caso para la evaluación de los artículos.
  7. No anteponer en ningún caso intereses comerciales y personales a los compromisos intelectuales, de transparencia y éticos que asume la Revista.
  8. Revisar continuamente y asegurarse del cumplimiento de los compromisos asumidos por la Revista junto con el Consejo de Redacción.

3. Confidencialidad y tratamiento de los conflictos de interés de los órganos de la Revista.

La Dirección, el Consejo de Redacción y el Consejo Asesor de la Revista no deberán proporcionar información sobre los artículos enviados para su eventual publicación a ninguna persona que no sea el/la autor/a correspondiente y los potenciales o actuales evaluadores del artículo.

Los artículos no publicados no podrán usarse bajo ninguna circunstancia en investigaciones de los integrantes de la Dirección, del Consejo de Redacción, del Consejo Asesor o de cualquiera otra de las personas que puedan tener acceso al mismo, salvo que se cuente con el expreso consentimiento del/de la autor/a. La información o las ideas obtenidas a través de la evaluación por parte de los/las evaluadores/as deberán mantenerse igualmente en secreto y no deberá ser usada bajo ninguna circunstancia en beneficio personal o científico.

Los integrantes de la Dirección, del Consejo de Redacción, del Consejo Asesor o del Consejo Evaluador deberán abstener de evaluar manuscritos respecto a los cuales puedan encontrarse en una situación de conflicto de interés a consecuencia de la existencia de estrechas relaciones o conexiones con los/las autores/as o con sus instituciones de adscripción.

4. Propiedad intelectual y tratamiento de los datos

Los/Las autores/as, mediante la entrega de sus manuscritos Lex Social, Revista de Derechos Sociales  garantizan que su trabajo es original. Adicionalmente, que no ha sido publicados en cualquier forma anteriormente; y que no está preparando su publicación en otra parte.

Los/Las autores/as retienen el derecho a presentar, exhibir, distribuir, desarrollar y publicar su trabajo para progresar en su carrera científica con la debida anotación de su publicación original en Lex Social, Revista de Derechos Sociales. 

Lex Social, Revista de Derechos Sociales  es una revista de acceso abierto y su contenido puede ser libremente usado, leído, descargado, distribuido en cualquier medio solo para fines no comerciales sin autorización previa del/de la editor/a o de los autores/as. En todo caso, deberá citarse la fuente y el/la autor/a de la publicación original e indicar claramente cualquier cambio que se haya realizado sin que parezca de ningún modo que cuenta con el respaldo del/de la editor/a o de los/las autores/as.

La Revista se publica esencialmente en línea a través del sistema ‘Open Journal Systems (OJS)’ que integra el protocolo OAI (Open Archive Initiative) para una mayor difusión y transmisión de sus contenidos en internet, así como para una mayor accesibilidad y reutilización de sus contenidos por la comunidad científica y la sociedad en general.

5. Relación con los autores/as.

5.1. Promoción conductas éticas.

La Dirección de la Revista deberá asegurarse de adoptar las medidas oportunas para asegurar la calidad del material publicado, y evitar la publicación de plagios y de trabajos no originales.

5.2. Normas de publicación para los autores/as. 

Se publicará y se mantendrá debidamente actualizado el proceso de publicación en la Revista con el fin de que los/las autores/as puedan tener toda la información que necesiten al respecto.

5.3. Proceso de evaluación y de adopción de decisiones en torno al mismo y la publicación.

El proceso de evaluación está sujeto a estrictas condiciones de confidencialidad. Los/Las autores/as no conocerán la identidad de los/las evaluadores/as, evitando de esta forma los conflictos de intereses que se pudiesen producir. Al respecto, la Dirección y Secretaria de la Revista ostentarán un estricto deber de confidencialidad.

Las decisiones relativas a la aceptación o al rechazo de un artículo para su publicación deberán basarse única y exclusivamente en la calidad del artículo, esto es, en su claridad, originalidad, e importancia, así como en su adecuación a los objetivos y al ámbito de la Revista. Siempre serán motivadas. La Directora y la Secretaria de la Revista serán las responsables, una vez finalizado el proceso de evaluación, de decidir en última instancia, tras la consulta previa al Consejo de Redacción, de qué artículos enviados a la Revista se publicarán finalmente en ella.

En ningún caso, se rechazarán artículos debido a las críticas u opiniones divergentes de posturas mayoritarias y/o manifestadas por miembros de órganos de la Revista (Dirección y/o Consejo de Redacción y/o Consejo Asesor), siempre que se trate de artículos de calidad que justifiquen sus posturas sin caer en la descalificación.

Igualmente, la decisión, bien de aceptación, bien de rechazo, se comunicará siempre al autor/a, y deberá ser motivada, especialmente en caso de rechazo. Esta decisión no deberá modificarse posteriormente, salvo que se hayan producido serios problemas en el proceso de publicación que deberán justificarse debidamente.

En cualquier caso, los cambios en la estructura de la Revista no afectarán a las decisiones adoptadas previamente en cuanto a la aceptación o al rechazo de los artículos enviados para su publicación.

5.4. Obligaciones de los autores/as

• Originalidad y fidelidad de los datos: Los/Las autores/as deben enviar trabajos originales a «Lex Social. Revista de Derechos Sociales» atestiguan que el trabajo es original e inédito, que no contiene partes de otros/otras autores/as o de otros fragmentos de trabajos ya publicados por los/las autores/as. Además, confirman la veracidad de los datos. 

• Publicaciones múltiples y/o repetitivas: El/La autor/a no debe publicar artículos en los que se repitan los mismos resultados en más de una revista científica o cualquier otra publicación de carácter o no académica.

• Atribuciones, citas y referencias: El/La autor/a debe suministrar siempre la correcta indicación de las fuentes y los aportes mencionados en el artículo junto con su DOI o bien URL si la hubiera.

• Autoría: La autoría de los artículos deberá estar limitada a las personas que han contribuido de forma significativa a la determinación, diseño y elaboración del trabajo. Todos los que hayan contribuido de forma significativa deberán ser citados como coautores/as. Si otras personas hubiesen participado en algunos aspectos sustantivos del trabajo, deberán ser reconocidos adecuadamente en el artículo. Los autores deberán asegurarse en su caso de que todos los coautores/as estén debidamente incluidos, y que no haya ninguna persona mencionada como autora indebidamente. Igualmente, todos/as los/las autores/as deberán haber visto y aprobado la versión final del trabajo y su envío para su publicación.

• Acceso y retención: Si los miembros del Consejo Editorial -o, en su caso,  por indicación del Consejo Evaluador a través de aludido- lo consideran apropiado, los/las autores/as de los artículos deben poner a disposición también las fuentes o los datos en que se basa la investigación, que puede conservarse durante un período razonable de tiempo después de la publicación y posiblemente hacerse accesible.

• Conflicto de intereses y divulgación: Todos/as los/las autores/as están obligados a declarar explícitamente que no hay conflictos de intereses que puedan haber influido en los resultados obtenidos o las interpretaciones propuestas. Los/Las autores/as también deben indicar cualquier financiación de agencias y/o de proyectos de los que surge el artículo de la investigación.

• Errores en los artículos publicados: Cuando un/a autor/a identifica en su artículo un importante error o una inexactitud, deberá inmediatamente informar a los/las editores/as de la revista y proporcionarles toda la información necesaria para listar las correcciones pertinentes en la parte inferior del mismo artículo (siempre en nota al margen, para no alterar la publicación).

• Responsabilidad: La responsabilidad del contenido de los artículos publicados en «Lex Social» es exclusiva de los autores. Estos se comprometen también a realizar una revisión de la literatura científica más actual y relevante del tema analizado, teniendo presente de forma plural las diferentes corrientes del conocimiento.

5.5. Compromisos de los miembros del Consejo de evaluación.

• Contribución a la decisión editorial: Las personas evaluadoras asumen el compromiso de realizar y garantizar una revisión crítica, honesta, objetiva, constructiva y sin sesgo, tanto de la calidad científica como de la calidad literaria del escrito en el campo de sus conocimientos y habilidades.

• Respeto de los tiempos de revisión: La persona evaluadora que no se sienta competente en la temática a revisar o que no pueda terminar la evaluación en el tiempo programado, deberá notificar de inmediato a los editores. Las personas evaluadoras se comprometen a evaluar los trabajos en el menor tiempo posible para respetar el plazo de entrega, fijado en 30 días desde la aceptación. Esta deberá emitirse en un plazo máximo de 8 días desde el envío de la petición.

• Confidencialidad: Cada manuscrito asignado debe ser considerado como confidencial. Por lo tanto, estos textos no se deben discutir con otras personas sin el consentimiento expreso de los/las editores/as. Los/Las evaluadores/as no conocerán a los/las autores/as ni a la otra persona persona evaluadora.

• Objetividad: La revisión por pares debe realizarse de manera imparcial. Los/Las revisores/as están obligados a motivar cada una de sus valoraciones, utilizando siempre la plantilla de revisión "ad hoc". Los revisores entregarán un informe crítico completo con referencias adecuadas según protocolo de revisiones de «Lex Social, Revista de Derechos Sociales».

• Visualización de texto: Los/Las revisores/as se comprometen a indicar con precisión las referencias bibliográficas de obras fundamentales posiblemente olvidadas por el/la autor/a. El/La revisor/a también debe informar a los/las editores/as de cualquier similitud o solapamientos del manuscrito con otros trabajos publicados.

• Anonimidad: Para garantizar que el proceso de revisión sea lo más objetivo, imparcial y transparente posible, la identidad de los/las autores/as así como cualquier dato de origen del documento se suprime antes de ser enviados los trabajos a revisión por pares. Si se da el caso de que, por alguna causalidad, se ha visto comprometida la identidad de los/las autores/as, sus filiaciones institucionales o algún otro dato que ponga en riesgo la anonimidad del documento, el/la revisor/a debe notificar de inmediato a la Directora o a la Secretaria general y abstenerse de realizar su cometido.

5.6. Compromiso de los editores/as

• Decisión de publicación: Los/Las editores/as garantizarán la selección de las personas evaluadoras más cualificados y especialistas científicamente para emitir una apreciación crítica y experta del trabajo, con los menores sesgos posibles. «Lex Social, Revista de Derechos Sociales» opta por seleccionar dos revisores/as por cada trabajo de forma que se garantice una mayor objetividad y correcta valoración en el proceso de revisión. En el caso que hubiera diferentes valoraciones, se seleccionaría una tercera persona evaluadora.

• Honestidad: Los/Las editores/as evalúan los artículos enviados para su publicación sobre la base del mérito científico de los contenidos, sin discriminación de raza, género, edad, orientación sexual, religión, origen étnico, nacionalidad u opinión política de los autores.

• Confidencialidad: Todo el equipo editorial se compromete a no divulgar información relativa a los artículos enviados a la publicación a otras personas que no sean autores/as, revisores/as y editores/as así como a la confidencialidad de los manuscritos, sus autores/as y personas evaluadoras, de forma que el anonimato preserve la integridad intelectual de todo el proceso.

• Conflicto de intereses y divulgación: el equipo editorial se compromete a no utilizar en sus investigaciones contenidos de los artículos enviados para su publicación sin el consentimiento por escrito del/de la autor/a.

• Respeto de los tiempos: Los/Las responsables de la Revista se comprometen al cumplimiento de los límites de tiempo para las revisiones y la publicación de los trabajos aceptados, para asegurar una rápida difusión de sus resultados. 

5.7. Derechos

a) Los/Las autores/as tienen derecho a retirar el artículo sometido a evaluación durante todo el proceso de evaluación y hasta la publicación.

b) Las personas evaluadoras tienen derecho a pedir la ayuda que necesiten a la Dirección de la Revista. Igualmente a pedir a la Dirección de la Revista la acreditación de su colaboración con la Revista evaluando manuscritos.

6. Detección de plagio

De acuerdo con sus políticas de publicación, la revista Lex Social obliga a cada manuscrito a ser detectado por plagio. Estos son enviados para detectar por Urkund. Si, tras la realización de la comprobacón del plagio, las coincidencias encontradas en cada estudio son considerables, se proceden a analizar con detalle puesto que un resultado que evidencie un porcentaje elevado de similitud no supone automáticamente que exista plagio. Las detecciones se analizan por el equipo editorial. Tras un estudio, se adopta una decisión final. En el caso de determinarse que existe plagio, se contacta con el/la autor/a para que proceda, según las conclusiones, a una corrección o se rechaza el trabajo. 

Si el plagio se detecta una vez publicado el artículo, se contactará con el/la autor/a para proceder en los mismos términos anteriores. 

En el caso de tratarse de un número que es coordinado o dirigido por un/una responsable ad hoc, por ser la publicación de resultados de un grupo de investigación o Actas de eventos, cualquier comunicación en este sentido se realizará también con él, como responsable de haber realizado esta tarea, además de la relativa a la evaluación de artículos.

7. Compromiso igualdad de género

Lex Social, Revista de Derechos Sociales, manifiesta su compromiso con el uso del lenguaje inclusivo y no sexista. Para ello, recomienda a los/las autores/as su utilización en las "Directrices" para los envíos de cualquier contribución (Estudio, comentario, recensión o análisis) y que se orienten según la Guía de lenguaje no sexista elaborada por el Ministerio de Igualdad.

En el caso de que existan diferencias en los datos de origen en cuanto al sexo, este hecho debe ser mencionado en el artículo.

Por otro lado, se pone de relieve que la revista aboga por una representación de género igualitaria en la composición de los diferentes Comités y que, incluso, en el Equipo Directivo (Dirección y Secretaría General)  en los que, habitualmente, el género femenino está infrarepresentado, son titulares mujeres.

8. Política de preservación.

La revista incorpora los sistemas CLOCKSS (Controlled Lots of Copies Keep Stuff Safe), LOCKSS y PKP Preservation Networks que permiten a las bibliotecas conservar las revistas electrónicas escogidas mediante la comprobación regular de los sitios web de las publicaciones registradas en busca de contenido publicado recientemente y archivándolo para su preservación futura.