Funciones de la Junta de Facultad

Dentro de los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, la información sobre las funciones de la junta de Facultad, se encuentran detalladas en el "TÍTULO PRIMERO - CAPÍTULO TERCERO. De los Centros y sus órganos de gobierno".

Artículo 49, Título Primero, Capítulo Tercero de los Estatuos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Funciones de la Junta de Centro.
Corresponden a la Junta de Centro las siguientes competencias:

a) Elaborar su reglamento, que será aprobado por el Consejo de Gobierno.
b) Elegir y remover, en su caso, al/a Decano/a o Director/a.
c) Aprobar las directrices generales de actuación de la Facultad o Escuela en el
marco de la programación general de la Universidad.
d) Aprobar la memoria anual, la propuesta de presupuesto que presentará la/el Decana/o
o Director/a y la rendición de cuentas de la aplicación de dicho presupuesto que
realizará ésta/e al final de cada ejercicio.
e) Promover la creación de nuevas titulaciones, la eliminación de enseñanzas
regladas y la elaboración o modificación de los planes de estudios que deban ser
aprobados por el Consejo de Gobierno.
f) Establecer los criterios básicos para la organización y coordinación de las
actividades docentes y administrativas de la Facultad o Escuela, así como
controlar su ejecución.
g) Proporcionar a los Departamentos los datos básicos para que elaboren su Plan de
Ordenación Docente respectivo.
h) Elaborar detalladamente y aprobar el plan de ordenación docente del Centro,
sobre la base de los aprobados por los Departamentos, antes del comienzo de
cada curso académico.
i) Proponer la firma de contratos o convenios con otras entidades en el ámbito de
sus competencias.
j) Adoptar, en el marco de sus competencias, las medidas necesarias para controlar
y mejorar la calidad docente del profesorado del Centro así como la organización
de las enseñanzas dependientes del mismo.
k) Proponer a los órganos competentes de la Universidad la adopción de cuantas
medidas estime oportunas para el mejor funcionamiento del Centro o el mejor
cumplimiento de las funciones de la institución universitaria.
l) Cualquier otra que le sea atribuida por los presentes Estatutos y las restantes
normas aplicables."