Función social de la propiedad, vivienda adecuada y derecho internacional de los derechos humanos
DOI :
https://doi.org/10.46661/lexsocial.8138Mots-clés :
vivienda adecuada, derechos económicos, sociales y culturales (DESC), derecho internacional de los derechos humanos (DIDH), derecho a la propiedadRésumé
Este artículo analiza el valor añadido de un enfoque amplio de los derechos humanos con el fin de obtener un mayor equilibrio en la relación entre el derecho a la vivienda adecuada del arrendatario y el derecho a la propiedad del arrendador. En primer lugar, el artículo brevemente expone de qué forma los tratados de derechos humanos y los órganos internacionales sobre derechos económicos, sociales y culturales (DESC) han abordado, o decidido no abordar, el derecho a la propiedad. Segundo, introduce el derecho a la vivienda tal y como es proclamado en el derecho internacional de los derechos humanos. En tercer lugar, defiende que la comunidad de derechos humanos, particularmente la dedicada a los DESC – entre los que se encuentra la vivienda – debería prestar más atención al derecho a la propiedad. Finalmente, el texto articula los comienzos de una propuesta para reinterpretar el derecho a la propiedad y su función social desde una óptica holística de los derechos humanos, que debe tomar en serio el derecho a la vivienda y otros derechos socioeconómicos.
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