El smart working y su futuro normativo en España: propuestas a partir de la experiencia italiana
DOI :
https://doi.org/10.46661/lexsocial.9557Mots-clés :
smart working, teletrabajo, trabajo a distancia, negociación colectiva, digitalización del trabajoRésumé
Recientemente y, sobre todo, a partir de la llegada de la pandemia, ha aumentado el interés por implantar alternativas que permitan llevar a cabo el trabajo a distancia. En este sentido, el smart working supone una clara ruptura con las rigideces clásicas en torno a un horario y lugar de trabajo definido. No obstante, al igual que ocurrió en su momento con el teletrabajo, la regulación de esta realidad no sigue un desarrollo homogéneo en los países de nuestro entorno. Muestra de ello es que Italia, a diferencia de lo que ocurre en España, sí está generando en los últimos años contenido normativo para regular el smart working, tanto de forma heterónoma como autónoma. El presente trabajo pretende abordar esta situación y aspira a hacer aportaciones que puedan ser útiles de cara a un futuro debate regulatorio sobre el smart working en nuestro país.
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Références
GALLEGO MOYA, F., "La negociación colectiva española ante el reto del teletrabajo", Revista de Derecho, Núm. 22, 2021. https://doi.org/10.26441/RD22.1-2021-DE2 DOI: https://doi.org/10.26441/RD22.1-2021-DE2
GAETA, L. y TUFO, M., El teletrabajo en Italia, en ORTEGA LOZANO, en P.G. y RUIZ SANTAMARÍA, J.L. (Coords.), Innovación tecnológica, cambio social y sistema de relaciones laborales: Nuevos paradigmas para comprender el derecho del trabajo del siglo XX, Editorial Comares, Granada, 2021.
LANZADERA ARENCIBIA, E. y DE LAS HERAS GARCÍA, A., El "Smart working" como fórmula innovadora en la gestión empresarial: entre la libertad de empresa digital y los derechos laborales, en GONZÁLEZ COBALEDA, E. y MOLINA NAVARRETE, C. (Coords.), VALLECILLO GÁMEZ, M.R. (Dir.), De la economía digital a la sociedad del e-work decente: condiciones sociolaborales para una industria 4.0 justa e inclusiva, Thomson Reuters Aranzadi, Navarra, 2021.
MARTONE, M., "El smart working o trabajo ágil en el ordenamiento italiano", Derecho de las Relaciones Laborales, Núm. 1, 2018, págs. 88-97.
PÉREZ CAMPOS, A.I., "Teletrabajo y derecho a la desconexión digital", Revista ADAPT, Vol. 9, Núm. 1, 2021.
RUIZ SAURA, J.E., "La negociación colectiva en la reciente construcción del marco normativo del teletrabajo", Revista de Derecho Social, Núm. 99, 2022.
RUIZ SAURA, J.E., "Las notas de laboralidad en la actividad de un corresponsal de noticias en el extranjero", Revista Española de Derecho del Trabajo, Núm. 262, 2023.
SALANOVA SORIA, M., "Trabajando con tecnologías y afrontando el tecnoestrés: el rol de las creencias de eficacia", Revista de Psicología del Trabajo y de las Organizaciones, Vol. 19, Núm. 3, 2003.
THIBAULT ARANDA, X., "Toda crisis trae una oportunidad: el trabajo a distancia", Trabajo y Derecho, Núm. 12, 2020.
TIRABOSCHI, M., Lavoro agile e contrattazione collettiva: lo stato dell'arte, en DAGNINO, E., TOMASSETTI, P. y TOURRES, C. (Coords.), Il lavoro agile nella contrattazione collettiva oggi, Working Paper, Modena (Italia), Núm. 2/2016.
TUFO, M., Il lavoro digitale a distanza, Editorial Scientifica, Nápoles (Italia), 2021.
TUFO, M., "Il lavoro agile emergenziale: un mosaico difficile da ricomporre tra poteri datoriali e diritti dei lavoratori", Revista Giuridica del Lavoro e della Providenza Sociale, Núm. 1/2021.
VALLE MUÑOZ, F.A., Los derechos colectivos en las nuevas formas de trabajo tecnológico, Editorial Bomarzo, Albacete, 2021.
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